R.D. N° 0100-2021-ANA-AAA II.CHCH

MODIFICAR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines agrícolas, otorgada a favor de la señora Catalina Flores Márquez; identificada con DNI N°21512561 mediante Resolución Administrativa N°185-2006-GORE-DRAG-I/ATDRI, de fecha 13.07.2006; para irrigar el predio de UC. N° 03007, con un área bajo riego de 3.1435 ha. y volumen otorgado de 12,294 m3/año, ubicado en el sector Pampa de los Castillos, distrito de Santiago, provincia y departamento de lca; cuya modificación implica la reducción del área total y bajo riego a 1,8723 ha. por un volumen de 7,322 m3/año

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0099-2021-ANA-AAA II.CHCH

ARTiCULO 1: Sancionar a la empresa Corporación Agrolatina SAC., con RUC N° 20176770474, representada por su Apoderada señora Marleny Elizabeth Garcia Salas, identificada con DNI N° 29279126, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT)

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0098-2021-ANA-AAA II.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina SAC., con RUC N°' 20176770474, representada por su Apoderada señora Marleny Elizabeth Garcia Salas , identificada con DNI N° 29279126, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2,1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de tipo permanente, en las fuentes naturales de agua (pozo tubular) signado con IRHS-11-03- 01-PP-1606, localizado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 498 ,847 mE - 8'352,411, y utilizar el recurso hídrico sin contar con el derecho correspondiente, en el sector Pajonal Bajo, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica , hechos que se encuentran tipificados como infracción en materia de recursos hídricos , establecidos en el numeral 1 "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso" y numeral 3 "La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua" del artículo 120o de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a) "Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso" y el literal b) "Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes en las Fuentes naturales de agua" del artículo 277o de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001 -2010-AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0097-2021-ANA-AAA II.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina SAC., con RUC N° 20176770474, representada por su Apoderada señora Marleny Elizabeth Garcia Salas, identificada con DNI N° 29279126, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de tipo permanente, en las fuentes naturales de agua (pozo tubular) signado con IRHS-11-03- 01-PP-1607, localizado en el punta de las coordenadas UTM (WGS 84): 498,547 mE - 8'352,557 mN , y utilizar el recurso hídrico sin contar con el derecho correspondiente, en el sector Pajonal Bajo, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica, hechos que se encuentran tipificados como infracción en materia de recursos hídricos, establecidos en el numeral 1 "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso “y numeral 3 "La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua "del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a) "Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso" y el literal b) "Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua. obras permanentes en las Fuentes naturales de agua" del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N" 001-2010-AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0096-2021-ANA-AAA II.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.A.C., con RUC N° 20176770474, representada por su Apoderada señora Marleny Elizabeth Garcia Salas, identificada con DNI N° 29279126, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de tipo permanente, en las fuentes naturales de agua (pozo tubular) signado con IRHS-11-03- 01-PP-1608, localizado en el punto de las coordenadas UTM (W GS 84): 497,744 mE - 8'352,623 mN, y utilizar el recurso hídrico sin contar con el derecho correspondiente, en el sector Pajonal Bajo , distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica, hechos que se encuentran tipificados como infracción en materia de recursos hídricos, establecidos en el numeral 1 "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso “y numeral 3 "La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua" del artículo 1200 de la ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a) "Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso" y el literal b) "Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes en las Fuentes naturales de agua" del articulo 277o de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°001-2010-AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en fa parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0095-2021-ANA-AAA II.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina SAC., con RUC N° 20176770474, representada por su Apoderada señora Marleny Elizabeth Garcia Salas, identificada con DNI N° 29279126 , con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de tipo permanente, en las fuentes naturales de agua (pozo tubular) signado con IRHS-11·03· 01·PP·1609, localizado en el punta de las coordenadas UTM (WGS 84): 498,840 mE - 8'352 ,778 mN, y utilizar el recurso hídrico sin contar con el derecho correspondiente, en el sector Pajonal Bajo, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica, hechos que se encuentran tipificados como infracción en materia de recursos hídricos, establecidos en el numeral 1 "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso “y numeral 3 "La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua “del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a) "Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso" y el literal b) "Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes en las fuentes naturales de agua" del artículo 271o de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0094-2021-ANA-AAA II.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina SA C., con RUC N° 20176770474, representada por su Apoderada señora Marleny Elizabeth Garcia Salas, identificada con DNI N° 29279126, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) UIT Unidades Impositivas Tributarias (UIT) , al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de tipo permanente, en las fuentes naturales de agua (pozo tubular) signado con IRHS-11·03- 01-PP-1610 , localizado en el punta de las coordenadas UTM (WGS 84): 498,486 mE - 8'3 52,872 mN, y utilizar el recurso hídrico sin contar con el derecho correspondiente, en el sector Pajonal Bajo, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica, hechos que se encuentran tipificados como infracción en materia de recursos hídricos, establecidos en el numeral 1 "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso" y numeral 3 "La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua" del artículo 120° de la ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a) "Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso" y el literal b) "Construir sin autorizaci6n de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes en las fuentes naturales de agua" del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presen te resolución.

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0093-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, Licencia de uso de agua Superficial par un volumen has la 12393.72 m3laño, para uso Agrario, a favor de AGRICOLA ANDREA SAC con RUC 20505688903

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0092-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 17208.59 m3/ año, para uso Agrario, a favor de EL PEDREGAL SA con RUC 20336183791

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0091-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, licencia de usa de agua Superficial por un volumen hasta 1036.49 m3laño, para uso Agrario, a favor de EDWIN DIONICIO CARPIO CHACALTANA con DNI 21509348

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0090-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 14284.20 m3 /año, para uso Agrario, a favor de AGRICOLA ANDREA SAC con RUC 20505688903,

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0089-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 15242.15 m3 /año, para uso Agrario, a favor de AGRICOLA ANDREA SAC con RUC 20505688903,

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0088-2021-ANA-AAA II.CHCH

AUTORIZAR al Consorcio Vial Sagitario, conformado por la empresa Sayumy Ingenieros Contratistas Generales SAC. con RUC N° 20534539968 y Víctor Danilo Cáceres Quintanilla con RUC N° 10214144439, el Uso de Agua Superficial para el Servicio de Mantenimiento Periódico y Rutinario del camino vecinal en los tramos: "Ernp, AY-665 - Pueblo Nuevo - Ccochallay - La Merced - Nueva Esperanza - Emp. R 48 - Santa Rosa - San José; del distrito de Chaviña - provincia Lucanas - Región Ayacucho ", específicamente de los puntos de captaci6n PC-01 situado en el punto de las coordenadas UTM (WGS84): 617,682 mE - 8'336,802 mN, cuya fuente de agua corresponde a la Quebrada SIN , PC-02 situado en el punto de las coordenadas UTM (WGS84): 618,002 mE - 8'336,873 mN, cuya fuente de agua corresponde a la Quebrada Larapage, PC-03 situado en el punto de las coordenadas UTM (WGS84): 624,511 mE - 8'341,255 mN, cuya fuente de agua corresponde a la Laguna Uncalccocha, PC-O5 situado en el punto de las coordenadas UTM (WGS84), 624,526 mE - 8'348,141 mN, cuya fuente de agua corresponde al rio Sanccarara, y el PC-07 situado en el punto de las coordenadas UTM (WGS84): 624,649 mE - 8'345,595 mN, cuya fuente de agua corresponde al riachuelo SIN , todos en el distrito de Chaviña , provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0087-2021-ANA-AAA II.CHCH

AUTORIZAR al Consorcio Vial Sagitario, conformado por la empresa Sayumy Ingenieros Contratistas Generales SAC. con RUC N° 20534539968 y Víctor Danilo Caceres Quintanilla con RUC N° 10214144439, el Uso de Agua Superficial para el Servicio de Mantenimiento Periódico y Rutinario del camino vecinal en los tramos : "Chaquipampa - Huaccata - Lalaja, distrito de Sancos - provincia de Lucanas - Región Ayacucho", específicamente de los puntos de captación PC-01 situado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 603,088 mE - 8'339,075 mN, cuya fuente de agua corresponde al rio Palmadera , PC-02 situado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 600,558 mE - 8'333,932 mN, cuya fuente de agua corresponde al rio Pararmayo , ambos en el distrito de Sancos, provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0086-2021-ANA-AAA II.CHCH

AUTORIZAR al Consorcio Vial Sagitario, conformado por la empresa Sayumy Ingenieros Contratistas Generales SAC. identificada con RUC N° 20534539968 y Víctor Danilo Caceres Quintanilla con RUC N° 10214144439, el Uso de Agua Superficial para el Servicio de Mantenimiento Periódico y Rutinario del camino vecinal en los tramos: "Emp. AY-670 - Achapara - repartición Minas Canarias; Emp AY-670 - Haatumpampa - Nueva Unión Ccarapata; Emp. R49 - Acctapa , distrito de Lucanas - provincia de Lucanas - Región Ayacucho", específicamente de los puntos de captación PC-01 situado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 578,160 mE - 8'400,736 mN, cuya fuente de agua corresponde al rio Iruro, en el sector denominado Villa Achapara , PC-02 situado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 577,407 mE - 8'395,493 mN, cuya fuente de agua corresponde al rio Iruro, en el sector denominado Jatum Pampa, y el PC-03 situado en el punta de las coordenadas UTM (WGS 84) 574,792 mE - 8'394,990 mN, cuya fuente de agua corresponde al rio Choccllo, en el sector denominado Jacachi, en el distrito y provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0085-2021-ANA-AAA II.CHCH

OTORGAR a favor del Empresa Fundo La Bodega S.A.C, con RUC N° 20600638131; Licencia de uso de agua subterránea con fines productivo Agrario. respecto al pozo a tajo abierto con código IRHS-04-03-08-PP-114 ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 621,806 mE, 8'259,007 mN; del predio "Pampa Grande", distrito de Chaparra, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa. el recurso hídrico será destinado para uso productivo-agrícola, de un área total de 20.0 has. y un área bajo riego de 10.0 has

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0084-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 12058.40 m3 /año, para uso Agrario. a favor de AGRICOLA ANDREA SAC con RUC 20505688903

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0083-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 15242.15 m3 /año, para uso Agrario, a favor de AGRICOLA ANDREA SAC con RUC 20505688903

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0082-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 11703 ,63 m3 /año, para uso Agrario, a favor de AGRICOLA ANDREA SA C, con RUC 20505688903

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0081-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 78970.52 m3 /año, para uso Agrario, a favor de AGRICOLA ANDREA SAC. con RUC 20505688903

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0080-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 13611.23 m3/año, para uso Agrario, a favor de AGRICOLA ANDREA S, A.C con RUC 205688903

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0079-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 13624.54 m3laño, para uso Agrario, a favor de AGRICOLA ANDREA SAC con RUC 20505688903

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0078-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 11014.65 m3/año, para uso Agrario, a favor de AGRICOLA ANDREA S.A.C con RUC 20505688903,

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0077-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 369.26 m3/año, para uso Agrario, a favor de CARLOS GERMAN HERNANDEZ PISCONTE con DNI 21518093

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0076-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 23622.16 m3laño, para uso Agrario, a favor de EL PEDREGAL SA con RUC 20336183791

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0075-2021-ANA-AAA II.CHCH

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 11730.35 m3/año, para uso Agrario, a favor de LUIS ALBERTO GARCIA GARCIA con DNI 21497037, MARIA SANTOS PENA DE GARCIA con DNI 21516079

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Febrero 2021

R.D. N° 0074-2021-ANA-AAA II.CHCH

DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la empresa Agrícola Gamuco SAC. con RUC N° 20516553112, contra la Resolución Directoral N° 535-2020-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 26.10.2020, dejándola sin efecto legal alguno, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0073-2021-ANA-AAA II.CHCH

DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por el señor Carlos Enrique Zevallos Torres, identificado con DNI N° 22184051, contra la Resolución Directoral N° 542-2020-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 27.10.2020, dejándola sin efecto legal alguno, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0072-2021-ANA-AAA II.CHCH

DESESTIMAR Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Subterránea, solicitado por la empresa Negocios Generales Agroser S.A.C., con RUC N°  20600389352, respecto de los Pozos Tubulares con código IRHS-11-01-08-980, IRHS11-01-08-981, IRHS- 11-01-08-1012, IRHS-11 -01-08-1066, IRHS-11-01-08-1068, IRHS11-01-08·1069, IRHS-11-01-08-1070, IRHS-11-01-08-1071,IRHS-11-01-08-1184, IRHS11-01-08-1185, IRHS- 11-01-08-1189 e IRHS-11-01-08-1190, ubicados en el sector Villacuri, distrito de Salas, provincia y departamento de lca, por las consideraciones expuestas en la presente resolución

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0071-2021-ANA-AAA II.CHCH

ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de la empresa Agrícola Joyas de Murga S.A.C, con RUC N° 20602074626, por la infracción tipificada en el numeral 3) del artículo 120° de la ley N° 29338, ley de Recursos Hídricos, "La Ejecución o modificaci6n de obras hidráulicas sin autorizaci6n de la Autoridad Nacional del Agua" y 1) respectivamente, "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso"; concordante con el literal b), del artículo 277o de su Reglamento, "Modificar sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a esta o en la infraestructura hidráulica mayor pública", respecto de haber realizado modificaciones a la cocha de agua, situada en el punto de coordenadas UTM WGS 84: 392,221 mE - 8'478,956 mN, en el sector Joyas de Murga , distrito de Humay, provincia de Pisco y departamento de Ica, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0070-2021-ANA-AAA II.CHCH

ACREDITAR a favor del Gobierno Regional de Huancavelica; la Disponibilidad Hídrica Superficial para la ejecución del proyecto "Mejoramiento e Instalación del Servicio de agua del sistema de riego de la Toma la Mejorada en los anexos de Huaylas Chucuhuasi y Vista Blanca, en el distrito de Aurahuá, provincia de Castrovirreyna y departamento de Huancavelica", mediante la captación ubicada específicamente en las coordenadas UTM (WGS 84): 441 ,535 mE - 8'563 ,468 mN, distrito de Airahua , provincia de Castrovirreyna y departamento de Huancavelica.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0069-2021-ANA-AAA II.CHCH

MODIFICAR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines agrícolas, otorgada a favor del señor Jesus Homero Espino Chumbes, mediante Resolución Administrativa N° 017-2005-GORE-ICAlDRAG-ATDRCH.P; de fecha 11.02.2005 para irrigar el predio denominado Las Mercedes - Parcela 117, con un área bajo riego de 5.3739 ha. y un volumen otorgado de 31,315 m3, ubicado en el sector Las Mercedes, distrito EI Carmen, provincia de Chincha y departamento de Ica, el cual se modifica a favor del señor Stevens Felipe Sebastián Espino, identificado con DNI N° 42300185; para irrigar el predio denominado "Parcela 117" con UC. N° 09508 Y con un área rectificada a 4.5171 ha; quedando un volumen remanente de 4,993 rn3, correspondiente a un área de 0.8568 ha.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0068-2021-ANA-AAA II.CHCH

DESESTIMAR la solicitud de Autorización de Suministro de Agua Subterránea a favor de Terceros con fines de uso poblacional, proveniente del pozo tubular IRHS 11-01-04-02, ubicado en el sector Paraya, distrito de Ocucaje, provincia y departamento de lca, presentado por la Asociación de Agricultores de Paraya con RUC N° 20534715448, representada por su Presidente, el señor Luis Fernando Villagaray Chávez, identificado con DNI N° 21578338, de acuerdo a los fundamentos formulados.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0067-2021-ANA-AAA II.CHCH

RECTIFICAR de OFICIO, el error material contenido en la Resolución Directoral N° 620-2018-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 22.03.2018; otorgada a favor del señor Timoteo Huarnan Ramos, identificado con DNI N° 21822719, en el extremo referido al código asignado al pozo; en el cual dice: IRHS-11-02-04-122; siendo que debe decir: IRHS-11-02-04-PP-314; de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0066-2021-ANA-AAA II.CHCH

DESESTIMAR la solicitud presentada por el señor Ebert Rolando Chirinos Fernández, identificado con DNI N° 07265029, sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica y Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico Subterráneo, con fines agrícolas para pozo artesanal, con el abastecimiento hídrico del predio denominado "Pacora" ubicado en el sector Tierras Blancas, distrito de Vista Alegre, provincia de Nazca, departamento de Ica; de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución;

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0065-2021-ANA-AAA II.CHCH

DESESTIMAR la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Subterránea, para la perforación de un (01) pozo, con fines agrícolas, ubicado en el sector de Pajonal Alto, distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, presentado por el señor Manolo Alfredo Esponda Preciado, identificado con DNI N° 22078317, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0064-2021-ANA-AAA II.CHCH

PRORROGAR de manera excepcional y por única vez el plazo otorgado al señor Hugo Benavides Valdivieso ; identificado con DNI N° 06626100; mediante Resolución Directoral N°471-2020 -ANA-AAA-CH.CH., de fecha 29.09.2020; sobre Autorización de Ejecución de Obras de Perforación de Pozo en Reemplazo del Pozo Tubular IRHS-11-01-08-377 ; cuyo punto de exploración se ubica en los alrededores del SEV 02, especifican ente en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 387,191 mE- 8'462,466 mN, sector Pampa de Villacuri, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0063-2021-ANA-AAA II.CHCH

RECTIFICAR con efecto retroactivo el error material contenido en la Resolución Directoral N°1662-2018-ANA-AAA- CH.CH de fecha 16.08.2018; específicamente en el artículo 1° de la parte resolutiva, en la que por error material se ha consignado la siguiente información:

Dice:                Hacienda San Fernando SAC.

Debe decir:     Hacienda San Fernandito SAC.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0062-2021-ANA-AAA II.CHCH

OTORGAR a favor del señor Juan Ylder Segura Alva, identificado con DNI N° 30486003 y la señora Rosa Luz Chalco de Segura, identificada con DNI N° 30486055; Licencia de uso de agua subterránea con fines productivo Agrario , proveniente del pozo de tipo artesanal con código IRHS-04-03-07 -PP-045, ubicado en el punta de las coordenadas UTM (WGS-84): 584,552 mE - 8'256,130 mN, del Predio "Potreros Barrientos Coca de Velarde ", sector Chala Viejo distrito de Chala, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa, para irrigar los predios "Potrero, Barrientos , Coca Velarde" sin Unidad Catastral, cubriendo así las necesidades de 1.7200 ha. de cultivo de Olivo, con un volumen anual de 18,446.40 m3/año y un régimen de explotación

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0061-2021-ANA-AAA II.CHCH

MODIFICAR la Servidumbre de Riego denominado Canal L2 Godoy I, promovido por la empresa Sociedad Agrícola Don Luis S.A; con RUC N° 20325346435; ubicado en el distrito de San Juan Bautista, provincia y departamento de Ica; cuya modificación implica la extinción del tramo y la toma de captación comprendido entre el punto de inicio en las coordenadas UTM (Datum WGS-84 18C Sur) 8"457,224 mN - 421,583 mE, hasta el punto final ubicado en las coordenadas UTM (Datum WGS84 18L Sur) 8"457,109 mN 421,534 mE; teniendo como nuevo tramo del canal modificado y toma de captación cuyo punto de inicio se ubica en las coordenadas UTM (Datum WGS-84 18L Sur) 8'457,247 mN -42 1,388 mE, naciendo del canal L 1 Godoy teniendo un aproximado de 200 metros hasta empalmar con el canal ya existente como punto final en las coordenadas UTM (Datum WGS-84 181 Sur) 8'457,109 mN - 421,540 mE; por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0059-2021-ANA-AAA II.CHCH

DISPONER el ARCHIVO de la investigación tramitada en el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra del señor Pedro Enrique Vargas Uchuya, identificado con DNI N° 21429217, instruido ante la Administración Local de Agua Ica, por presuntas infracciones en materia de recursos hídricos contenidas en el numeral 3 del Artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, concordante con el literal b). del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N°001·2010·AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0058-2021-ANA-AAA II.CHCH

AUTORIZAR a la empresa PERU LNG S.R.L., con RUC N° 20506342563. el Uso de Agua Superficial, para la ejecución de obras correspondientes al mantenimiento del Derecho de Vía del Ducto Principal de PERU LNG; con un volumen de 3,500 m3/anuales. cuyo punto de captación de ubica hidrográficamente en la cuenca del rio Ica, en las coordenadas UTM (WGS 84): 439,426 mE - 8'469 ,839 mN y políticamente en el Distrito de San José de los Molinos, Provincia y Departamento de lca

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Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0057-2021-ANA-AAA II.CHCH

SANCIONAR a los parceleros del sector la Joya, señores Víctor Felix Sogger Almida, identificado con DNI N° 22095051; Nemesio Quispe Alfaro, identificado con DNI N° 22066405; Juan Ancachi Tarqui, identificado con DNI N° 22060657; Cristóbal Falcón Urbano, identificado con DNI N° 22098224; Leónidas Cantoral Espinoza, identificado con DNI N° 22064673 ; Hipólito Tapia Olazabal, identificado con DNI N° 22062854; Lucas Olazabal Cuenca, identificado con DNI N° 22095028 y Cladiz Lucia Cantoral Espinoza, identificada con DNI N° 22070053 ; con una multa solidaria equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigente a la fecha de pago, por utilizar las Aguas Subterráneas proveniente del pozo tubular con código IRHS-1 1-03-05-97 ubicado en las coordenadas UTM (WGS 84) 511,042 mE 8'343,626 mN, sector la Joya, distrito Vista Alegre, provincia de Nasca, región Ica, con fines agrícolas (cultivos de papa) sin contar con el derecho respectivo emitido por la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo infracción en materia de Recursos Hídricos tipificado en el numeral 1) del artículo 120° de la ley N°  29338; ley de Recursos Hídricos “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso" concordante con el literal a) del artículo 277° del Reglamento de la ley de Recursos Hídrico "Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua" ; aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG y modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014- MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0056-2021-ANA-AAA II.CHCH

ACREDITAR a favor de la empresa Nobex Agrícola SA con RUC N° 20251729574, la Disponibilidad Hídrica Subterránea para la perforación de dos (02) pozos tubulares, con fines de uso productivo - agrícola, con la aprobación de la Memoria Descriptiva denominada "Estudio Hidrogeológico para la Acreditación de la Disponibilidad Hídrica Subterránea para la perforación de dos pozos tubulares, Fundo Platino"; recurso hídrico proveniente del acuifero Acari, para irrigar de manera complementaria 150,00 ha. del predio denominado "Platino", ubicado en el distrito de Bella Unión, provincia de Caraveli y departamento de Arequipa

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Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0055-2021-ANA-AAA II.CHCH

PRORROGAR de manera excepcional y por única vez el plazo otorgado a la empresa OZINCA PERÜ SAC. con RUC N° 20602481108; mediante Resolución Directoral N° 320-2020-ANA-AAA-CH.CH., de fecha 17.07.2020; sobre Autorización de Ejecución de Obras de Perforación de Pozo tubular con fines industriales; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0054-2021-ANA-AAA II.CHCH

SANCIONAR al señor Miguel Ángel Vargas Moran, identificado con DNI N° 06272051, con una multa equivalente a UNO PUNTO TRES (1.3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigente a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa por no cumplir con la obligación de destinar el recurso hídrico subterráneo proveniente del pozo tubular con código IRHS-11-03-01-55 en el lugar autorizado por Resolución Directoral N°  1114-2015-ANA-AAA-CH.CH de fecha 21.12.2015; y destinar el agua al predio perteneciente a la empresa Procesadora Prolan S.A.C. ello sin contar con la debida autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en infracción en materia de Recursos Hídricos tipificado en el numeral 2) del artículo 120o de la Ley N° 29338; Ley de Recursos Hídricos "EI incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 57o de la Ley (artículo 57° numeral 1) Utilizar el agua en la cantidad, lugar y para el uso otorgado", concordante con el literal g) del artículo 277o de su Reglamento, "Destinar las aguas a uso o predio distinto, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua "; aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-201O-AG y modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0053-2021-ANA-AAA II.CHCH

SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Vista Alegre, con RUC N° 20147706155, con una multa equivalente a CUATRO (04) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa por obstruir el cauce de la Quebrada Nueva Vista Alegre, mediante trabajos de colmatación con emparejamiento del cauce entre el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 506,349 mE- 8'357,157 mN hasta el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 506,444 mE - 8'357,547 mN; en un ancho de 3 m, ello sin contar con la correspondiente autorización emitida por la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 5) del artículo 120° de la ley de Recursos Hídricos, ley N" 29338, "Obstruir los cauces " concordante con el literal o) del artículo 277o de su Reglamento, " Obstruir cualquier bien asociado al agua natural o artificial”, aprobado por Decreto Supremo N° 001-20 10-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0052-2021-ANA-AAA II.CHCH

DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la empresa Corporación Agrolatina S.A.C. con RUC N° 20176770474, representada por la señora Marleny Elizabeth Garcia Salas, identificada con DNI N° 29279126, contra la Resolución Directoral N° 663-2020-ANA-AAA-CH.CH., de fecha 04.12.2020. Por lo tanto, CONFIRMAR, la resolución recurrida en todos sus extremos, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0051-2021-ANA-AAA II.CHCH

DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la empresa Corporación Agrolatina SAC. con RUC N° 20176770474, representada por la señora Marleny Elizabeth Garcia Salas, identificada con DNI N° 29279126, contra la Resolución Directoral N° 665-2020-ANA-AAA-CH.CH., de fecha 04.12.2020. Por lo tanto, CONFIRMAR, la resolución recurrida en todos sus extremos, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021

R.D. N° 0050-2021-ANA-AAA II.CHCH

DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto la por la empresa Corporación Agrolatina S.A.C. con RUC N°20176770474, representada por la señora Marleny Elizabeth Garcia Salas, identificada con DNI N° 29279126, contra la Resolución Directoral N° 664-2020-ANA-AAA- CH.CH., de fecha 04.12.2020. Por lo tanto, CONFIRMAR, la resolución recurrida en todos sus extremos, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero 2021