SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.AC., con RUC N° 20176770474, representada por su Apoderada señora Marleny Elizabeth Garcia Salas, identificada con DNI N° 29279126, con una multa equivalente a UNO PUNTO VEINTICINCO (1.25) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) , al haberse determinado su responsabilidad administrativa por construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de infraestructura hidráulica de tipo permanente, en las fuentes naturales de agua (pozo tubular) localizado en las coordenadas UTM (WGS 84): 506,159 mE - 8'348,008 mN, en el sector Chauchilla, distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, hecho que se encuentra tipificado como infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo al numeral 3 del artículo 1200 de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338 "La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua", concordante con el literal b) del artículo 277ode su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010 AG "Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes en las fuentes naturales de agua", de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.