R.D. N° 0015-2023-ANA-AAA.CHCH
SANCIONAR a la empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento EMAPAVIGS S.A.; con RUC N° 20163549027, con una multa equivalente a TRES PUNTO CINCO (3.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, por haber encontrado responsabilidad administrativa en la comisión de la infracción en materia de recursos hídricos al utilizar durante el periodo 2021 mayores volúmenes a los otorgados mediante Resolución Administrativa N° 289-2009-ANA-ALAPALPA-NASCA, de fecha 26.11.2009 con fines de uso poblacional, respecto del pozo con código IRHS-11-03-01-251, con un volumen de 217,728 m3/año, habiendo reportado un consumo de 869,421.15 m3/año, lo que hace un exceso de 651,693.15 m3/año, más de lo otorgado, infringiendo el numeral 2) del Artículo 120°, concordante con el literal 1) del artículo 57° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, y con el Artículo 277°, literal i) de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010- AG, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

