R.D. N° 0884-2022-ANA-AAA II.CHCH
Acreditar la Disponibilidad Hídrica para el tipo de uso "Agrario".
Acreditar la Disponibilidad Hídrica para el tipo de uso "Agrario".
DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por el señor José Ismael Fernández Hernández, identificado con DNI N°22061922, en representación de FERNAGRO S.A.C. con RUC N°20495098045, en contra de la Resolución Directoral N° 0595-2022-ANA-AAA.CHCH. de fecha 11.08.2022. Por lo tanto, CONFIRMAR la recurrida en todos sus extremos, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
EXTINGUIR la LICENCIA de Uso de Agua SUPERFICIAL con fines agrarios, otorgada bajo Resolución Administrativa N°035-2005-GORE-ICA/DRAGATDRCH.P de fecha 09/02/2005, otorgada a favor del señor Teodorico Conislla Arroyo, para irrigar el predio matriz de UC 03287, con un área bajo riego de 5.0000 ha y volumen de 47,234.80 m3 /año; ubicado en el distrito de Humay, provincia de Pisco y departamento de Ica.
DECLARAR LA PRESCRIPCIÓN de la facultad para determinar la existencia de infracción administrativa por parte de esta Autoridad, en el procedimiento administrativo sancionador instaurado en contra del señor Leocadio Jesús Lindo Zarate, identificado con DNI N°40137751; sobre ejecución de obras hidráulicas consistentes en la perforación de un pozo tipo mixto, en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 390,159 mE - 8’481,963 mN, sector IV, distrito de Humay, provincia de Pisco, departamento de Ica, sin contar con la autorización emitida por la Autoridad Nacional del Agua.
AUTORIZAR a la empresa Campos de Sur S.A., con RUC N° 20324737171, la perforación de un pozo en reemplazo del pozo tubular IRHS-11-01-10-063, con fines de uso productivo - agrícola, bajo las mismas características técnicas del pozo primigenio
AUTORIZAR a la empresa Marcobre S.A.C., con RUC N° 20508972734, la Ejecución de Estudios de Disponibilidad Hídrica Subterránea con perforación de un (01) pozo exploratorio, para la instalación de un piezómetro en el predio donde se desarrolla el proyecto minero “Mina Justa”, en el distrito de San Juan de Marcona, provincia de Nasca, y departamento de Ica.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, anual hasta: 24,183.93 (m3 /año), a favor de Frutos y Verduras Campo Verde S.A.C con RUC N°205580637354, para el desarrollo del proyecto de Acreditación de Disponibilidad Hídrica subterránea de pozo tajo abierto con fines agrícolas para cubrir las necesidades hídricas del cultivo de Palto.
DESESTIMAR, la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial con fines de uso productivo agrícola, proveniente del manantial Cceccesa, para el riego de 0.15 ha del predio ubicado en el sector Mutanga, distrito de Quito Arma, provincia de Huaytara, departamento de Huancavelica; presentado por la señora Hilaria Espinoza Flores, identificada con DNI N°21786150, de acuerdo a lo indicado en el análisis y conclusión del presente.
DESESTIMAR, la solicitud de Acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines productivo-agrícola, para el riego de cultivo de Palto a instalarse en el predio “Lloccechayocc” mediante las aguas superficiales provenientes del manantial Pano, ubicado en el sector Hispana, distrito de Laramate, provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho; presentado por el señor Robustiano Condori Espinoza, identificado con DNI N°28822356, de acuerdo a lo indicado en el análisis y conclusión de la presente resolución.
DESESTIMAR la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial de Pequeños Proyectos con fines agrarios para conducir agua al sector Sihuilca – distrito de Laramate, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, presentado por el señor Juan Achcaray Molina, identificado con DNI N° 40359905, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
RECTIFICAR de Oficio la Resolución Directoral N° 0569-2017- ANAAAA.CH.CH. de fecha 22.03.2017, en lo que respecta del código del pozo identificado con IRHS-11-01-01-314.
RECTIFICAR el error de tipo material contenido en el casillero N° 32 del artículo 2° parte resolutiva de la Resolución Administrativa N° 048-2005-GORE-ICA/DRAGATDRCH-P de fecha 09.02.2005.
DESESTIMAR, la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica subterránea de pozo tubular con fines productivo-agrícola para el riego de 70 ha del predio Pampa Negra de UC 11333 de 735.35 ha, ubicado en el distrito de Humay, provincia de Pisco, departamento de Ica; presentado por el Sr. Jorge Jaime Lau Yook, Gerente General de la empresa Golden Amazon Group S.A.C. con RUC N°20503895880, de acuerdo a lo indicado en el análisis y conclusión de la presente resolución.
SANCIONAR a la señora Gladys Lévano de Pachas, identificada con DNI N° 21848770, con una multa equivalente a CERO PUNTO VEINTICINCO (0.25) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por el uso del recurso hídrico subterráneo, proveniente del pozo tubular con código IRHS-11-02-10-007, ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 373,523 mE- 8’515,034 mN, sector La Victoria, CAU 03 de Octubre, distrito de Sunampe, provincia de Chincha y departamento de Ica, para abastecer a camiones cisterna, sin contar con el derecho de uso de agua emitido por la Autoridad Nacional del Agua; hecho que se encuentra tipificado como infracción en materia de recursos hídricos, establecido en el numeral 1 “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso” del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a) “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso” del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010- AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR al señor Pedro Gerardo Berrocal Torres, identificado con DNI N° 07474435, con una multa equivalente a UNO PUNTO CINCO (1.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa por la ejecución de obras hidráulicas consistente en la perforación de un pozo a tajo abierto en el punto de las coordenadas UTM (WFG-84): 505,216 mE – 8´361,212 mN; dentro del predio de su propiedad, del sector de Cuncumayo, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica, incurriendo en infracción administrativa tipificada en el numeral 3) del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, “la ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional”; concordante con el literal b) del artículo 277° del su Reglamento, “Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a ésta o en la infraestructura hidráulica mayor pública”; aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; modificado mediante Decreto Supremo N° 023- 2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador, seguido contra del señor Ernesto Pomalaya Trillo, identificado con DNI N° 22257421; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo sobre Autorización de Ejecución de Obra en Fuentes Naturales de agua o Infraestructura hidráulica publica multisectorial, promovido por el señor Juan Carlos Venegas Tineo en representación de la empresa Consorcio Crec Puentes 5, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 28025-2022, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Acreditar la Disponibilidad Hídrica para el tipo de uso "Agrario".
AUTORIZAR al señor Percy Antonio Palomino Gallegos, identificado con DNI N° 21452835, la perforación de un pozo en reemplazo del pozo tubular IRHS11-01-12-16, con fines de uso productivo - agrícola, bajo las mismas características técnicas del pozo primigenio.
DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo sobre Autorización de Ejecución de Obra en Fuentes Naturales de agua o Infraestructura hidráulica publica multisectorial, promovido por el señor Juan Carlos Venegas Tineo en representación de la empresa Consorcio Crec Puentes 5, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 28023-2022, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso productivo-agrarios, otorgada a los usuarios del Bloque de Riego Chillón, con Código PCHP36M-B06, en el ámbito de la Comisión de Regantes Chillón, con aguas provenientes del río Matagente, en el extremo referido al otorgamiento de Licencia a favor del señor José Leoncio Carbajal Atuncar, para el predio con U.C N° 07834 denominado “Parcela Nº 23”, con un área bajo riego de 5.6603 ha y un volumen máximo de agua de 32,984 m3 /año.
DESESTIMAR la solicitud de Modificación de la Licencia de Uso de Agua Superficial, otorgada mediante mediante Resolución Administrativa N° 051-2005- GORE-ICA/DRAG-ATDRCH.P de fecha 09.02.2005, presentada por la señora Juana María Luis Huamán, identificada con DNI N° 22305327, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Acreditar la Disponibilidad Hídrica para el tipo de uso "Agrario".
DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo sobre Autorización de Estudios para la Ejecución de Obra en Fuentes Naturales de Agua, para la ejecución del proyecto denominado “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Defensa Ribereña en las zonas vulnerables en el sector El Molino, El Estudiante, San Francisco, San Pablo, Macamaca, Puyuri y Márquez Alto del rio Ingenio del distrito de El Ingenio – Provincia de Nasca – Departamento de Ica”, promovido por la Municipalidad Distrital de El Ingenio, con RUC N° 20162456408, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 101974-2022, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
OTORGAR a la Municipalidad Distrital de Paracas, con RUC N° 20162427301, la Licencia de uso de agua subterránea del pozo tubular con código IRHS 11- 05-05-PP-298 con fines poblacionales, ubicado en el sector de Lanchas, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica.
DESESTIMAR la solicitud de Formalización de Licencia de Uso de Agua Superficial, promovida por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha – Clase A, a favor de la señora Doris Elma Vilcamiza Manrique, identificada con DNI N° 21858096, respecto del predio Lote 02, independizado del predio de U.C. N° 00620, ubicado en el ámbito de la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Irrigación Pampa de Ñoco, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha y departamento de Ica, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 0698-2022-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 19.09.2022, por el señor Víctor Hugo Flores Morón, identificado con DNI N° 44235321. Por lo tanto, CONFIRMAR, la recurrida en todos sus extremos de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR LA EXTINCIÓN de Servidumbre del Canal de Riego denominado L2 Aybar, ubicado en el sector de Cachiche, distrito, provincia y departamento de Ica, perteneciente a la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico La Mochica, jurisdicción de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Ica Clase B, solicitada por la empresa Los Portales S.A., con RUC Nº 20301837896.
DESESTIMAR la solicitud de Otorgamiento de Licencia de Uso de Aguas Subterráneas, con fines de uso productivo - agrícola, respecto del pozo artesanal (tajo abierto), ubicado en el sector Callango, distrito de Ocucaje, provincia y departamento de lca, representada por el señor Moisés Fernando Ccencho Fernández, identificado con DNI N° 21512287, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
Denegar el pedido de Formalización del Uso del Agua, presentada por la empresa Agro Victoria S.A.C., por lo expuesto en los considerandos.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Subterránea, con fines poblacionales, a favor de la Municipalidad Distrital de Paracas, con RUC N° 20162427301, respecto al pozo tubular con código IRHS 11-05-05-PP-297 con fines poblacionales, ubicado en el sector de Lanchas, distrito de Paracas, provincia de Pisco.
PRORROGAR por única vez el plazo otorgado a favor de la empresa Agrícola Don Ricardo S.A.C., con RUC N° 20293718220, mediante Resolución Directoral N° 0512-2022-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 12.07.2022 sobre Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico Subterráneo, para la perforación de un pozo en reemplazo del tubular IRHS-11-01-02-073 con fines agrícolas de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
PRORROGAR por única vez el plazo otorgado a favor de la empresa Procesos Agroindustriales., con RUC N° 20100227542, mediante Resolución Directoral N° 0551-2022-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 25.07.2022 sobre Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico Subterráneo, para la perforación de un pozo en reemplazo del tubular IRHS-11-01-01-217 con fines agrícolas de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
RECTIFICAR el error material contenido en el cuadro adjunto del Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 0666-2022-ANA-AAA.CHCH, de fecha 25.08.2022, respecto a la Junta de Usuarios.
RECTIFICAR el error material contenido en el cuadro adjunto del Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 0665-2022-ANA-AAA.CHCH, de fecha 25.08.2022, respecto a la Junta de Usuarios.
RECTIFICAR el error material contenido en el cuadro adjunto del Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 0675-2022-ANA-AAA.CHCH, de fecha 05.09.2022, respecto a la Junta de Usuarios.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, con fines productivo - agrícola, a favor de la Empresa Exportadora Frutícola del Sur S.A., con RUC N°20104902864, para el desarrollo del proyecto de Acreditación de Disponibilidad Hídrica subterránea de pozo tubular con fines agrícolas para irrigar el fundo La Perlita.
MODIFICAR la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 213-2011-ANA-AAA-CHCH, fecha 21/12/2011, a favor de los señores Sixta Alejandrina Uribe Jayo con DNI N° 22290287, Carlos Enrique Renteros Uribe con DNI N°22299548, Jenny Edith Renteros Uribe con DNI N°22292095, Juan Gabriel Renteros Uribe con DNI N°22281901, Julio Cesar Renteros Uribe con DNI N°22292099, María Leonor Renteros Uribe con DNI N°41870298, Rocío Maritza Renteros Uribe con DNI N°40511045, Rosa Frida Renteros Uribe con DNI N°22271395 y Ruth Renee Renteros con DNI Nº22301572.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA para la ubicación de un (01) pozo tubular, con fines poblacionales, a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Virgen de las Nieves, con RUC N° 20179576351.
RECTIFICAR el error de tipo material contenido en el cuadro detallado del artículo 1° de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 0627-2022-ANAAAA.CHCH, de fecha 22.08.2022; relativos a Componente /Obras del Proyecto y específicamente en lo referente al Material de la Tubería y Espesor de la Tubería (mm).
ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador signado con CUT N° 7321-2022, seguido contra de la señora Carmen Rosa Rodríguez Quispe, identificado con DNI N° 19976109, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR a la empresa Gaz Et L’Energie S.A.C., con RUC N° 20522662462, con una multa equivalente a CERO PUNTO SETENTA Y CINCO (0.75) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por la ejecución de obras hidráulicas, consistente la construcción de un pozo de tipo tubular, en el punto de las coordenadas UTM (WGS-84) 395,957 mE – 8’483,185 mN, Centro Poblado 2 Palmas, distrito de Independencia, provincia de Pisco y departamento de Ica, sin contar con la autorización emitida por la Autoridad Nacional del Agua; hecho que se encuentra tipificado como infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo al numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, concordante con el literal b) del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 101.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Juan Carlos, Nieto Arnao con DNI 44834221.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 24065.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Sucesión Testamentaria Aniceto Mendoza Espinoza con No Especifica.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 39869.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Carlos Alberto Gutiérrez Paucar con DNI 21811466.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 103912.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de José Antonio Yeren Santos con DNI 21826064, Fausta Natividad Saravia Romero con DNI 21825762.
MODIFICAR la Licencia de Uso de Agua Subterránea, otorgada mediante mediante Resolución Administrativa N°175-2009-ANA/ALA-RS de fecha 29.12.2009, a favor de Max Enrique Carrera Malpartida con DNI N° 06660030.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, con fines productivo - agrícola, a favor del señor Manuel Mauro Valderrama Guillen, identificado con DNI N° 08508943, para el desarrollo del proyecto “Estudio Hidrogeológico Para la Acreditación de la Disponibilidad Hídrica Subterránea para la Ubicación de un pozo Tubular con fines Agrícolas”.
SANCIONAR al señor Daniel Zanca Ceron, identificado con DNI N° 22095064, con un multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa por la Ejecución de obra hidráulica (consistente en perforación de pozo tubular), en el punto de las coordenadas UTM (WGS84) 500261 E – 8’350,671 N, sector Pajonal Bajo s/n, distrito y provincia de Nasca, región de Ica, hecho que se encuentra tipificado como infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo al numeral 3 “la ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional” del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal b “construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a esta o en la infraestructura hidráulica mayor publica” del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR al señor Daniel Zanca Ceron, Identificado con DNI N° 22095064, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigente a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por utilizar el agua subterránea del pozo tubular IRHS Nº 11-03-01-580, en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 500037-E – 8´350882-N, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, Incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. En el numeral 1 “utilizar el agua sin el correspondiente derec8ho de uso” del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a “Usar, represar o desviar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de aguas o autorización de la Autoridad Nacional del Agua” del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.