DECLARAR LA PRESCRIPCIÓN de la facultad para determinar la existencia de infracción administrativa, en el extremo de la infracción tipificada en el numeral 3) del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal b) del artículo 277° de su Reglamento, en consecuencia, dar por concluido el presente procedimiento administrativo sancionador, seguido en contra de la señora Teodora Coello de Antezana, identificada con DNI N° 21488142; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR a la señora Teodora Coello de Antezana, identificada con DNI N° 21488142, con una multa equivalente a DOS PUNTO CERO (2.0) de Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por hacer uso del recurso hídrico superficial proveniente del río Huichucho, sector Huanza Socos, distrito Huac Huas, provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho, para irrigar su predio con cultivo de paltos, ubicados en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): zona sur, L18: 499 875 mE, 8 438 131 mN., a una altura de 1922 msnm; sector Huanza Socos, distrito Huac Huas, provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho, sin contar con el respectivo derecho, incurriendo en infracción tipificada en el numeral 1) “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso”; del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos; concordante con el literal a) “Usar, (…) las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua (…)” del artículo 277° del su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.