R.D. N° 0760-2023-ANA-AAA.CHCH
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 13127.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Sucesión Julio Lorenzo Aquije Vega con No Especifica P.R 11017860.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 13127.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Sucesión Julio Lorenzo Aquije Vega con No Especifica P.R 11017860.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 742.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Roxana Francisca ,Hernández Garcia de Quispe con DNI 21542487, Carmen Gloria, Hernández Garcia con DNI 21518670, Joaquín Basael Hernández Garcia con DNI 21518252.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 463.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Luis Henry Misaico Ochoa con DNI 21531251, Laura Amparo Gutiérrez de Misaico con DNI 21491957.
DESESTIMAR la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial, con fines poblacionales y productivos-agrarios, para el proyecto denominado “Ampliación de la presa Ancascocha y afianzamiento del valle de Yauca (Ayacucho - Arequipa)”, presentado por el Consorcio Asunta II, con RUC Nº 23924485, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
AUTORIZAR al Consorcio Puentes para el Perú, con RUC N° 20601713455, el Uso de Agua Superficial, respecto de las aguas provenientes del río Pisco, para la Ejecución de la Obra denominada “Construcción Puentes por reemplazo en la zona Centro Sur del país”- Obra N° 01, que contempla la ejecución de los puentes Huáncano, Rumichaca I, Niñacha, Supaymayo, Suchuna y Niñobamba, en el sector de Huáncano, distrito de Huáncano, provincia de Pisco y departamento de Ica, cuyos punto de captación y características técnicas de la autorización.
RECTIFICAR el error material contenido en el cuadro adjunto al artículo 1° de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 0737-2023-ANA-AAA.CHCH de fecha 21.09.2023.
DECLARAR EL ABANDONO del Procedimiento Administrativo sobre Autorización de Uso de Agua Superficial, para el desarrollo del proyecto denominado “Mejoramiento y Rehabilitación de la carretera interdistrital AR-510, AR513, Chala – Mollehuaca – Progresiva 0 +000-39+901.146 Km, distrito de Huanuhuanu – Caravelí – Arequipa”, presentado por la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Arequipa; disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 212217-2022, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
DECLARAR EL ABANDONO del Procedimiento Administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua superficial en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, respecto al predio denominado “MG”, ubicado en el sector Irrigación Pampa de Ñoco, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica, presentado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha – Clase A, a favor del señor Emigdio Rodrigo Marquina Alvarado, identificado con DNI N° 10752569, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 174219-2022, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
DESESTIMAR la solicitud de Otorgamiento de libre disponibilidad de los terrenos para la construcción de las cámaras de los pozos de monitoreo en los distritos de Pachacamac y Lurín, y Autorización para la ocupación futura de la faja marginal con fines de ejecución de estudios de Agua Subterránea con perforación de pozos exploratorios, con fines poblaciones efectuada por la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL) con RUC N° 20100152356, para el proyecto denominado “Construcción de pozo de monitoreo en el sector hidráulico B, distritos de Lurín, Pachacamac y Cieneguilla, provincia y departamento de Lima”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DESESTIMAR la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Subterránea, para la ubicación de un (01) pozo artesanal, con fines productivo - industrial, proyectado en el en el distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica, presentado por la empresa Ilche S.R.L., con RUC Nº 20409637150, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador signado con CUT N° 104076-2023; seguido contra la Municipalidad Distrital de Rio Grande, con RUC N° 20193999825, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la empresa CIA Minera Miguel Ángel S.A.C., con RUC N° 20517283356, contra la Resolución Directoral N° 0525-2023-ANA-AAA.CHCH de fecha 18.07.2023. Por lo tanto, REVOCAR la recurrida de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
APROBAR con eficacia anticipada a Agosto del 2023, el Plan de Aprovechamiento de Disponibilidad Hídrica 2023-2024 de la Cuenca del río Grande - Sector Hidráulico Menor Palpa Clase B, elaborado por la Administración Local de Agua Grande, por las consideraciones expuestas en la presente resolución y conforme al cronograma que se describe.
APROBAR con eficacia anticipada a Agosto del 2023, el Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas del Sector Hidráulico de Aguas Subterráneas Rio Seco 2023 - 2024, elaborado por la Administración Local de Agua Río Seco, por las consideraciones expuestas en la presente resolución y conforme al cronograma que se describe.
RECTIFICAR el error material contenido en el cuadro adjunto al artículo 2° de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 318-2016-ANA-AAA-CH.CH de fecha 15.03.2016.
RECTIFICAR de OFICIO el error material contenido en los cuadros adjuntos al artículo 2° de la parte resolutiva de la Resolución Administrativa N° 0032-2023-ANA-AAA.CHCH-ALA.SJ de fecha 23.06.2023.
DECLARAR EL ABANDONO del Procedimiento Administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua superficial en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, respecto al predio denominado “Toma de Yataco, Lote 1, Lote 2”, ubicado en el sector Ñoco, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica, presentado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha – Clase A, a favor del señor Alexander Saravia Saravia, identificado con DNI N° 21833172, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 174132-2022, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
DECLARAR EL ABANDONO del Procedimiento Administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua superficial en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, respecto al predio denominado “La Huerta - Toma de Yataco”, ubicado en el sector Ñoco, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica, presentado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha – Clase A, a favor de la señora Iris Maribel Saravia Castilla, identificada con DNI N° 80632666, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 174123-2022, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
DECLARAR EL ABANDONO del Procedimiento Administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua superficial en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, respecto al predio denominado “La Parra - Toma La Parca”, ubicado en el sector Ñoco, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica, presentado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha – Clase A, a favor de la señora Luz Elena Saravia Almeyda, identificada con DNI N° 21846279, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 174153-2022, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
DECLARAR EL ABANDONO del Procedimiento Administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua superficial en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, respecto al predio denominado “Toma La Parca”, ubicado en el sector Ñoco, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica, presentado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha – Clase A, a favor de la señora Noemí Saravia Castilla, identificada con DNI N° 47279826, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 174113-2022, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
DECLARAR EL ABANDONO del Procedimiento Administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua superficial en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, respecto al predio denominado “Toma de Yataco”, ubicado en el sector Ñoco, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica, presentado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha – Clase A, a favor de la señora Liliana Saravia Castilla, identificada con DNI N° 42568687, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 174107-2022, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
RECTIFICAR de OFICIO el error material contenido en el considerando décimo primero y en el contenido de los artículos 7° y 11° de su parte resolutiva de la Resolución Administrativa N° 0031-2023-ANA-AAA.CHCH-ALA.SJ de fecha 22.06.2023.
DESESTIMAR la solicitud de Prórroga de Plazo de Autorización de Ejecución de Obra de Aprovechamiento Hídrico Subterráneo, respecto a un (01) pozo tubular en el Fundo La Irrigación Agua Santa del Valle de Pisco, distrito de Independencia y provincia de Pisco, departamento de Ica, otorgada mediante Resolución Directoral N° 0541-2023-ANAAAA.CHCH de fecha 26.07.2023, presentada por el señor Rafael Albi Murcia, identificado con C.E. N° 000493174, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUPERFICIAL respecto de las aguas provenientes de la quebrada denominada “Alfamorachay ”, a favor de la Municipalidad Distrital de Santiago de Quirahuará, con RUC N° 20202618031 para el desarrollo del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de agua para el riego de Alfamorachay a los sectores de Ccellocruz y Ranra”, del distrito de Santiago de Quirahuara, provincia de Huaytara y departamento de Huancavelica”.
DECLARAR la Extinción de la Licencia de Uso de Agua Subterránea respecto al pozo tubular IRHS-11-01-08-773, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 028-2009-ANA-ALA RIO SECO, de fecha 08.04.2009 y rectificada mediante Resolución Directoral N° 2429-2018-ANA-AAA-CH.CH., de fecha 17.12.2018; a favor de la empresa Agrícola Andrea S.A.C., la misma que carece de efecto legal a partir de notificada la presente resolución.
OTORGAR a favor de la empresa Agrícola Andrea S.A.C., con RUC N° 20505688903, Licencia de Uso de Agua Subterránea, con fines de uso productivo – agrícola, respecto al pozo tubular IRHS-11-01-08-PP-1452, en reemplazo del pozo IRHS-11-01-08-773.
DECLARAR la Extinción de la Licencia de Uso de Agua Subterránea respecto al pozo tubular IRHS-11-01-08-725, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 036-2006-GORE-DRAG-I/ATDRI., de fecha 14.02.2006; a favor de la empresa Agrícola Andrea S.A.C., la misma que carece de efecto legal a partir de notificada la presente resolución.
OTORGAR a favor de la empresa Agrícola Andrea S.A.C., con RUC N° 20505688903, Licencia de Uso de Agua Subterránea, con fines de uso productivo – agrícola, respecto al pozo tubular IRHS-11-01-08-1148, en reemplazo del pozo IRHS-11-01-08-725, ubicado en el sector de Pampas de Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, para irrigar 45.00 ha. del predio denominado “Fundo Válerie”.
AMPLIAR por tres (03) meses el plazo para resolver el Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado en contra de la empresa GRV Proyecto 3 S.A.C., identificada con RUC N° 20605866094; cuyo término será computado a partir del 22.09.2023; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
AMPLIAR por tres (03) meses el plazo para resolver el Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado en contra de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha - Clase A y los señores Eduardo Ponciano Lliuya Peve, Alex Edgar Espino Navarrete y José Cayetano Atuncar Almeyda; cuyo término será computado a partir del 13.10.2023; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, con fines de uso productivo - agrícola, a favor del señor Rodolfo Iván Chávarri Arce, identificado con DNI N° 22184645.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, con fines productivo - agrícola, para la ubicación de un (01) pozo tubular, a favor de la empresa Corporación Agrolatina S.A.C., con RUC N° 20176770474.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, con fines productivo - agrícola, para la ubicación de un (01) pozo tubular, a favor de la empresa Corporación Agrolatina S.A.C., con RUC N° 20176770474.
RENOVAR por única vez el plazo otorgado al señor Edson Wilfredo Velásquez Huamaní, identificado con DNI N° 30489552, mediante Resolución Directoral N° 0775-2021-ANA-AAA.CHCH de fecha 28.12.2021, sobre Autorización de Suministro de Agua Subterránea a favor de la empresa Jinzhao Mining Perú S.A.,con RUC N° 20520694839, proveniente del pozo a tajo abierto IRHS 04-03-05-231, ubicado en el distrito de Bella Unión, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, con fines de uso productivo - minero, hasta por un volumen de 3,453.19 m3/año, para el desarrollo del proyecto de Exploración Minera Pampa de Pongo, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, con fines productivo - agrícola, para la ubicación de un (01) pozo tubular, a favor de la empresa Corporación Agrolatina S.A.C., con RUC N° 20176770474.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, con fines productivo - agrícola, para la ubicación de un (01) pozo tubular, a favor de la empresa Corporación Agrolatina S.A.C., con RUC N° 20176770474.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1164.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de CONDOR HUAYTA, FELIPE YSAC con DNI 47311115, CONDOR VENTURA, FELIPE YSAC con DNI 21808029, CARDENAS AGUILAR, GABRIELA con DNI 48242228.
DECLARAR EL ABANDONO del Procedimiento Administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua superficial en el marco de la Resolución Jefatural N°058-2018-ANA, respecto al predio denominado “Sol del Mar”, ubicado en el distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha y departamento de Ica, presentado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha – Clase A, a favor de la señora Mylene Margoth Díaz Cuya, identificada con DNI N° 08900198, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 170447-2022, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
DECLARAR EL ABANDONO del Procedimiento Administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua superficial en el marco del Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, respecto al predio de U.C. N° 75048, ubicado en el distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha y departamento de Ica, presentado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha – Clase A, a favor del señor Federico Filomeno Gutiérrez Narrea y esposa, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 229063-2022, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
DECLARAR EL ABANDONO del Procedimiento Administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua superficial en el marco del Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, respecto al predio de U.C. N° 22058, ubicado en el distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha y departamento de Ica, presentado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha – Clase A, a favor del señor Federico Filomeno Gutiérrez Narrea, disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 27159-2023, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
DECLARAR IMPROCEDENTE la oposición formulada por el señor Antony Auccasi Marca, identificado con DNI N° 40965318 , por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUPERFICIAL respecto de las aguas provenientes del manantial denominado “Ccontay”, a favor de la señora Marcelina Manya Jarpi, identificada con DNI N° 28849945.
DESESTIMAR la solicitud de Rectificación de error material de la Resolución Directoral N° 1762-2016-ANA-AAA-CH.CH de fecha 03.10.2016, presentada por el señor Eduardo Nativo Huamán Cordero, identificado con DNI N° 21467535, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
RECTIFICAR de OFICIO el error material contenido en la Resolución Directoral N° 1762-2016-ANA-AAA-CH.CH de fecha 03.10.2016.
AUTORIZAR a la empresa Agrícola San Francisco de Asís E.I.R.L., con RUC N° 20522609146, la Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico de Aguas Subterráneas, consistente en la perforación de dos (02) pozos tubulares, con fines de uso productivo - agrícola.
AMPLIAR por tres (03) meses el plazo para resolver el Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado en contra del señor Luis Alberto García García, identificado con DNI N° 08702137; cuyo término será computado a partir del 21.09.2023; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, con fines de uso productivo - agrícola, a favor de la empresa Agroindustria Casablanca S.A.C. con RUC N° 20452302951 para el desarrollo del proyecto “Galería filtrante San Juan 1”.
AUTORIZAR a la empresa Agroindustria Casablanca S.A.C. con RUC N° 20452302951; la ejecución de las obras de aprovechamiento hídrico subterráneo de una (01) galería filtrante con fines de Uso Agrícola.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, con fines de uso productivo - agrícola, a favor de la empresa AGRÍCOLA SANTA LUCÍA S.A.; con RUC N° 20279153708 para el desarrollo del proyecto “Estudio Hidrogeológico para la Acreditación de la Disponibilidad Hídrica Subterránea para la ubicación de un pozo tajo abierto, con fines agrícolas”.
AUTORIZAR a la empresa Minera Sotrami S.A. con RUC N° 20258699239; la Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico Superficial, proveniente del manantial denominado “Chulbe II” con fines de uso minero.
RECTIFICAR, el error material contenido en la Resolución Administrativa N° 081-2010-ANA/ALA-RS de fecha 20.12.2010, en lo que respecta a la U.C. del predio beneficiado.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 15642.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de QUISPE LAURA, CLORINDA FELICITA con DNI 21821995.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1401.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAGALLANES RONCEROS, GREGORIO JESUS con DNI 21853881, LEGUA ATUNCAR, JOSEFINA CAROLINA con DNI 21834930.
ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, con fines de uso productivo - agrícola, a favor de la empresa AGRÍCOLA SANTA LUCÍA S.A.; con RUC N° 20279153708 para el desarrollo del proyecto “Estudio Hidrogeológico para la Acreditación de la Disponibilidad Hídrica Subterránea para el pozo tubular IRHS-11-02-05-224, con fines agrícolas”.
MODIFICAR la Resolución Directoral N° 196-2019-ANA-AAA-CH.CH de fecha 07.02.2019, solicitada por la Corporación Aceros Arequipa S.A., identificada con RUC N° 20370146994, para la explotación del pozo con código IRHS-11-05-08-25, ubicado en el punto de coordenadas UTM (WGS-84) 379,648 mE - 8’485,672 mN, sector Núñez, distrito de Túpac Amaru, provincia de Pisco y departamento de Ica, con fines productivo industrial, únicamente en lo referido al medio de conducción del recurso hídrico desde el fundo Chongos Bajo hacia la Planta Industrial, siendo el nuevo medio una línea de conducción conformada por tubería de polietileno de alta densidad, la misma que cuenta con servidumbre voluntaria que se encuentra instalada conforme al Plano de Ubicación denominado “Línea de Conducción de Agua - Chongos-Caasa: Asbuilt” suscrito por la Arq. Susana Begazo Valcárcel el mismo que forma parte integrante del presente acto resolutivo, y que recorre en una longitud de 14.2 km.