ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador signado con CUT N° 147225-2023, seguido en contra de la empresa La Calera S.A.C., con RUC N° 20452614767, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
SANCIONAR al señor Manuel Estuardo Masías Marrou, identificado con DNI N° 07006557, con la imposición de una multa equivalente a DOS PUNTO VEINTICINCO (2.25) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por haber realizado trabajos de excavación de una zanja en el cauce del rio Matagente, en el punto de las coordenadas que inicia en la UTM (WGS 84) 393,004 mE – 8’512,236 mN hasta la coordenada UTM (WGS 84) 392,955 mE – 8’512,261 mN, en una longitud aproximada de 50 m. hacia el cauce del rio Matagente, sector La Pelota, distrito El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos tipificado en el numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “la ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional”, concordante con el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a ésta o en la infraestructura hidráulica mayor pública”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.