R.D. N° 01240-2017-ANA-AAA.CHCH
DESESTIMAR la solicitud de Autorización de Uso de Agua Superficial, a la Empresa SURVIAL S.A., con RUC N° 20517216241.
DESESTIMAR la solicitud de Autorización de Uso de Agua Superficial, a la Empresa SURVIAL S.A., con RUC N° 20517216241.
AUTORIZAR a la Empresa Contugas S.A.C, con RUC N°20519485487, la Ejecución de Obras de canalización de redes de gas natural en cruce de canales de regadío, ubicados en la provincia de pisco y departamento de Ica.
OTORGAR, en vías de Regularización, Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines Productivo- Agrario (Uso Agrícola), a favor del señor David Crescencio Araujo Roldan, identificado con DNI N°10626720, por un volumen anual de 13,610 m3 proveniente del río "Ica", para irrigar el predio denominado "Parcela N°126", signado con U.C N°44067, con un área total y bajo riego de 3.4800 ha, ubicado en el Distrito de San José de los Molinos, Provincia y Departamento de Ica, que pertenece al Bloque de Riego Primer Sub Sector Tomas Altas, PICA38-B22.
ARCHIVAR el presente Procedimiento Administrativo Sancionador seguido contra el Complejo Agro Industrial Beta S.A.
SANCIONAR a la señora Monica Maribel Peves Castillo, con una multa equivalente a (CERO PUNTO CINCO) 0.5 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-103, en el sector de Cerro Pietro, distrito de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
AMONESTAR mediante la presente resolución al señor Ciro Ormeño Aquino, con la finalidad de que se cumpla a cabalidad lo dispuesto por la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, su Reglamento y leyes conexas.
SANCIONAR a la señora Victoria Medina de Quintanilla, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO 0.5 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-266, en el sector Poroma, distrito Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR al Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de Pisco, con una multa equivalente a 0.50 UIT Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.
AMPLIAR por última vez, el Plazo otorgado al señor Froilán Serafín Iquiapaza Viza, identificado con DNI N° 22180324, mediante Resolución Directoral N° 053-2017-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 19.01.2016, sobre Acreditación y Autorización de Ejecución de Obra de Aprovechamiento Hídrico para "Alumbramiento de un pozo Artesanal a Tajo Abierto", ubicado en el sector Juárez L-1, distrito de Changuillo, provincia de Nasca del departamento de Ica.
ARCHIVAR el presente Procedimiento Administrativo Sancionador seguido contra el Complejo Agro Industrial Beta S.A.
SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Rio Grande, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 5 "Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados", concordado con el Art. 277° del Reglamento de la Ley inciso f) "Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces, riberas, fajas marginales o los embalses de las aguas".
SANCIONAR al señor Fernando Jose Gallesi Corbetto y la señora Johanna Maria Gallesi Corbetto, con una multa equivalente a UNO PUNTO CINCO (1.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), vigentes a la fecha de pago, por utilizar el agua subterránea proveniente del pozo IRHS-01 con mayores volúmenes que los otorgados en la Resolución Administrativa N°056-2009-ANAALACH.P, de fecha 08.04.2009, infringiendo el artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR a la empresa Frutos de Oro S.A.C., con una multa equivalente a CUATRO PUNTO CINCO (4.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-805, en el sector El Sapo, distrito de Paracas, provincia de Pisco y departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR a la empresa Frutos de Oro S.A.C., con una multa equivalente a CUATRO PUNTO CINCO (4.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-462, ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 375,969 mE -8'469,055 mN, en el sector El Sapo, distrito de Paracas, provincia de Pisco y departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR a la señora Renee Quispe Castillo, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO 0.5 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-S/C, en el sector La Peña, distrito y provincia de Palpa, departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador instruido por la Administración Local de Agua Grande en contra del señor Ivan Francisco Castañeda Pacheco y el señor Pio Omar Castañeda Pacheco.
DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por el Proyecto Especial Tambo Ccaracocha — PETACC, representado por el señor Luis Fernando Murguía Vílchez, contra la Resolución Directoral N°752-2017-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 06.04.2017.
DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la señora Constantina Yolanda Travi Agüero de Jauregui, identificada con DNI N° 08262574, contra la Resolución Directoral N° 861-2017-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 20.04.2017. Por lo tanto DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral N° 861-2017-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 20.04.2017.
SANCIONAR a la Sociedad Agrícola San Ramón Chico S.A.C., con RUC N° 20452668000, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-548, en el sector San Ramón Chico, distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR a la Junta Administradora de Agua Potable - Collazos, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-39 en el sector Collazos, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la Municipalidad Distrital de Subtanjalla, contra la Resolución Directoral N° 871-2017-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 21.04.2017. Por lo tanto DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral N° 871-2017-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 21.04.2017.
DECLARAR FUNDADO EN PARTE el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la Municipalidad Distrital de Subtanjalla, contra la Resolución Directoral N° 870-2017-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 21.04.2017. Por lo tanto REFORMULAR la recurrida en el extremo referido a la sanción impuesta, la cual será reducida a 2.10 Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago.
SANCIONAR al Centro Comercial Plaza Ica Sur, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-209, en el sector Santo Domingo, distrito, provincia y departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
AUTORIZAR a la Empresa SURVIAL S.A., con RUC N° 20517216241, el Uso de Agua Superficial, con fines industriales, cuyo punto de captación es el Rio Ccollpapampa, ubicado en la provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho.
DESESTIMAR la solicitud de Autorización de Uso de Agua Superficial, a la Empresa SURVIAL S.A., con RUC N° 20517216241.
AUTORIZAR a la Empresa SURVIAL S.A., con RUC N° 20517216241, el Uso de Agua Superficial, con fines industriales, cuyo punto de captación es el Rio de San José, ubicado en la provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho, por un periodo de dos (02) años.
SANCIONAR al Instituto Peruano del Deporte Ica, identificado con RUC N° 20198806561, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-131, en el sector El Bosque, distrito, provincia y departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
MODIFICAR de la servidumbre de agua forzosa implantada a título gratuito a favor de la empresa MARCOBRE S.A.C., con RUC N° 20508972734, de un área de 56.54 ha, ubicada en terrenos de propiedad del Estado inscritos en las Partidas N° 11024644, N° 40026974 y N° 40026966, el Registro de Predios de la Zona Registral N° XI — Sede Ica — Oficina Nasca y Partidas N° 04006851 y N° 04006852 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII — Sede Arequipa — Oficina Camaná, que fuera otorgada mediante la Resolución Directoral N° 397-2014-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 12.09.2014, rectificada por Resolución Directoral N° 263-2015-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 23.03.2015, en el extremo referido al medio de conducción, toda vez que la conducción del agua proveniente del pozo IRHS-04-03-05-238 (MPAD08-02 para la empresa), ubicado en el acuífero de Jahuay, distrito de Bella Unión, provincia de Caravelí y departamento de Arequipa.
AUTORIZAR a la Empresa Agrícola Santiago Queirolo S.A.C.; con RUC N°20506896038, el cambio del punto de perforación del pozo tubular en reemplazo del IRHS-11-01-08-156, con fines de uso productivo - agrícola, el nuevo punto de perforación se ubica en las Coordenadas UTM (WGS 84) 399,804mE — 8, 464,870mN SEV 04, del sector Pampas de Villacuri, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica.
APROBAR la Acreditación de la Disponibilidad Hídrica Subterráneo con fines de uso productivo — agrícola, contenido en el estudio denominado "Estudio Hidrogeológico Para la Acreditación de Disponibilidad Hídrica Subterránea para Pozos Tubulares - Proyecto de Riego Para Cultivos Sector San Ignacio, Distrito de Humay, Provincia de Pisco y Departamento de Ica", ubicado en el Sector de San Ignacio, distrito de Humay, provincia de Pisco, departamento de Ica, presentado por la Empresa Agropecuaria San Ramón S.A.C.
OTORGAR en vía de regularización Licencia de Uso de Agua Superficial para uso agrario a favor del Comité de Usuarios de Agua Cunyari, para aprovechar un volumen anual del Bloque de Riego Comité de Usuarios de Agua Cunyari del Río Chiris de hasta 152,294m3/año, que pertenece a la Cuenca del Río Pisco; que se ubica políticamente en el sector de Paracas-Cunyari, distrito de Huancano, provincia de Pisco, departamento de Ica.
AUTORIZAR a la Empresa Jinzhao Mining Perú S.A., con RUC. N° 20520694839, la Ejecución de Estudios Hidrogeológico con la perforación de dos (02) Pozos Exploratorios, ubicado en el sector de Pampa de Pongo, distrito de Bella Unión, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa.
AUTORIZAR a la Empresa Agroindustrias AIB S.A., con RUC N°2010440282, la perforación de un (01) pozos tipo tubular, en reemplazo del IRHS-11-01-08-75, cuyo punto de perforación se ubica alrededor del SEV 10, específicamente en las coordenadas UTM (WGS 84) 410,486mE — 8, 461,248mN del sector de Pampas de Villacuri, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica.
AUTORIZAR a la Empresa Transportadora de Gas del Perú S.A., con RUC N°20499432021, la Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua para llevar acabo el expediente Técnico denominado "Obras Geotécnicas de mantenimiento en las cruces subfluviales del río Pisco entre el KP491+700 al KP509+800" ubicado en los distritos de Huancano y Humay de la provincia de Pisco y departamento de Ica.
SANCIONAR al señor Aurelio Fernández Concha Ortman, identificado con DNI N° 08210281, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-453, en el sector Santiaguillo, distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR a la Empresa Transportes Rosa Claudia S.R.L., con RUC N° 20410086523, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-24, en el sector Prolongación Grau, distrito de Parcona, provincia y departamento de loa, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Productivo-Agrarios (Uso Agrícola), a favor del señor Jesús Alfonso Ramos Tipiani, identificado con DNI N°22281836, respecto al predio denominado "San Isidro" signado con U.C N°05355.01, ubicado en el Sector Agua Santa, Distrito de Independencia, Provincia de Pisco, Departamento de Ica.
SANCIONAR a la Asociación de Vivienda Sol de Huacachina de Ica, con una multa equivalente a 0.50 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-48, en el sector Comatrana, distrito, provincia y departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR a don Carlos Emilio Pereyra Ortiz, con DNI N°08757542, una multa ascendente a (0.5) UIT Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.
DECLARAR FUNDADO EN PARTE el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por el señor Francisco José Melquiades Degregori Meza, contra la Resolución Directoral N°967-2017-ANA-AAA-CH.CH., de fecha 23.05.2017, en lo que respecta a la multa impuesta, la misma que se reduce a DOS PUNTO UNO (2.1) UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA.
SANCIONAR a don Florencio Huamaní Alejo, con DNI N°21406176, con una multa equivalente a (0.5) UIT Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR a la empresa Sociedad de Trabajadores Mineros S.A., con RUC N° 20258699239, con una multa equivalente a 0.50 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigente a la fecha de pago, por mantener en malas condiciones el medidor de caudal instalado a la salida del reservorio del cual se realiza el uso del agua en la Planta de Beneficio "Santa Filomena II", ubicada en la quebrada Santa Rosa, distrito de Sancos, provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho, infringiendo el Artículo 120° numeral 2, concordante con el numeral 3 del artículo 57° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR al señor Mario Poma Valentín, identificado con DNI N° 30507053, con una multa equivalente a 0.50 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 579,181 mE - 8'247,881 mN, en el sector Puente Chala, distrito de Chala, provincia de Caravelí y departamento de Arequipa.
SANCIONAR a la Empresa Agroindustrias Casablanca S.A.C., con RUC. N°20452302951; con una multa equivalente (1.071) UIT Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR a don Martin Valdemar Vizcarra Téllez, con DNI N°30850824, con una multa equivalente (0.5) UIT Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.
DISPONER el archivamiento del Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado a don Guillermo Cesar Grobas Mendoza con DNI N°09149689, por supuesta infracción el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídrico.
SANCIONAR a don Adrián Amador Ramírez Uculmana, con DNI N°22282877, una multa ascendente a (0.5) UIT Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.
DECLARAR FUNDADO EN PARTE el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por el señor Antonio Artemio Nagarro Ramos, identificado con DNI N° 21477608, contra la Resolución Directoral N° 788-2017-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 17.01.2017. Por lo tanto REFORMULAR la sanción administrativa, debiendo considerarse que se trata de una AMONESTACIÓN ESCRITA.
SANCIONAR a la Empresa Agroindustrias Casablanca S.A.C., con RUC. N°20452302951; con una multa equivalente (0.5) UIT Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR al señor Mario Isidoro Espino Balbín, identificado con DNI N° 21461961, con una multa equivalente a 2.10 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por la ejecución de obras, consistentes en un muro de material noble en la faja marginal, e instalación de rejilla de fierro dentro del lecho del canal "L1 El Sauce", ubicado en el sector Cachiche, distrito, provincia y departamento de Ica, infringiendo el Artículo 277°, literal "b" del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.