R.D. N° 0793-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.A.C. con RUC N° 20176770474, con la imposición de una multa equivalente a CUATRO PUNTO NUEVE (4.9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por impedir el día 13.11.2023 el ingreso del personal de la Autoridad Nacional del Agua para realizar las acciones de supervisión, control, vigilancia y fiscalización para asegurar el uso sostenible, la conservación y protección de la calidad de los recursos hídricos, al predio que conduce ubicado en el sector Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; al tomar conocimiento el órgano instructor de presunta comisión de infracción en materia de recursos hídricos georeferenciado en el punto de las coordenadas (UTM WGS 84): 413,633 mE – 8’456,491 mN; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 7) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Impedir las inspecciones, actividades de vigilancia y supervisión que realice la autoridad de agua competente directamente (…), concordante con el literal l) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Impedir u obstaculizar las inspecciones que disponga la Autoridad Nacional del Agua o el ingreso a cualquier lugar de propiedad pública o privada, a quienes ejercen autoridad en materia de aguas en el cumplimiento de sus funciones”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, con el agravante haber impedido nuevamente las acciones de fiscalización efectuadas el día 14.02.2024 por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Lunes, 16 Septiembre 2024

R.D. N° 0792-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.A.C. con RUC N° 20176770474, con la imposición de una multa equivalente a CUATRO PUNTO NUEVE (4.9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por impedir el día 13.11.2023 el ingreso del personal de la Autoridad Nacional del Agua para realizar las acciones de supervisión, control, vigilancia y fiscalización para asegurar el uso sostenible, la conservación y protección de la calidad de los recursos hídricos, al predio que conduce ubicado en el sector Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; al tomar conocimiento el órgano instructor de presunta comisión de infracción en materia de recursos hídricos georeferenciado en el punto de las coordenadas (UTM WGS 84): 411,473 mE – 8’455,309 mN; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 7) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Impedir las inspecciones, actividades de vigilancia y supervisión que realice la autoridad de agua competente directamente (…), concordante con el literal l) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Impedir u obstaculizar las inspecciones que disponga la Autoridad Nacional del Agua o el ingreso a cualquier lugar de propiedad pública o privada, a quienes ejercen autoridad en materia de aguas en el cumplimiento de sus funciones”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, con el agravante haber impedido nuevamente las acciones de fiscalización efectuadas el día 15.02.2024 por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Lunes, 16 Septiembre 2024

R.D. N° 0791-2024-ANA-AAA.CHCH

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Subterránea, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 001-2024-ANA-AAA.CHCH-ALA.RS de fecha 19.02.2024, con fines de uso agrícolas, a favor de la empresa Inmobiliaria Pampa Verde S.A.C., por renuncia de titular, presentada por el señor José Oscar Rubio Carlín identificado con DNI N° 09753698, Gerente General de la empresa Inmobiliaria Pampa Verde S.A.C., con RUC N° 20608374010, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Septiembre 2024

R.D. N° 0790-2024-ANA-AAA.CHCH

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso agrario contenida en la Resolución Administrativa N° 0170-2006 GORE-DRAG-I/ATDRI, de fecha 13.07.2006, únicamente en el extremo referido al derecho otorgado a favor del señor Pedro Pablo Gómez Hernández identificado con DNI N° 21472780, respecto del predio con U.C. N° 36847 con un área bajo riego de 0.2333 y volumen máximo de agua de 912 m³/año; así como del predio con U.C. N° 36820 con un área bajo riego de 0.2742, con un volumen máximo de agua de 1,072 m³/año, quedando vigente todo lo demás que contiene, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Septiembre 2024

R.D. N° 0789-2024-ANA-AAA.CHCH

DECLARAR EL ABANDONO del Procedimiento Administrativo sobre Autorización de Ejecución de Obras Mínimas para el proyecto denominado “Servicio de Limpieza, Descolmatación, Conformación de Dique y Protección de Ribera con roca al volteo en ambas márgenes del Rio Nasca, sector Pacheco Bajo, distrito de Nasca, provincia de Nasca y departamento de Ica”; presentado por la empresa TLC Cargo S.A.C., con RUC N° 20603229771, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Septiembre 2024

R.D. N° 0788-2024-ANA-AAA.CHCH

ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA con fines de uso Agrícola a favor de la empresa Inversiones San Juan de la Luz S.A.C.; con RUC N° 20601033055; para el desarrollo del proyecto contenido en la "Memoria para sustentar la Acreditación de Disponibilidad Hídrica Subterránea de Pozo Tubular con fines agrícolas.

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Septiembre 2024

R.D. N° 0787-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR al señor Juan de Dios Suarez Escate, identificado con D.N.I. N°22066101, con la imposición de una multa administrativa equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por haber construido obras hidráulicas, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, consistente en una perforación de un pozo artesanal, tipo tajo abierto, en las coordenadas UTM (Datum WGS 84): 510,153mE – 8´360,814mN, ubicado en el sector Tierras Blancas, distrito y provincia de Nasca, región Ica, sin el correspondiente derecho y sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en las infracciones en materia de recursos hídricos previstas en el numeral 3° del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos “Ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, concordante con el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la mencionada Ley, “Construir sin autorización obras de cualquier tipo en las fuentes naturales de agua”, aprobado por Decreto Supremo 001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Septiembre 2024

R.D. N° 0786-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR a la señora Martha Benancia Gómez Berrocal, identificado con DNI N° 21424489 con imposición de una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por ejecutar obra de aprovechamiento hídrico subterráneo, consistente en la perforación de un pozo artesanal a tajo abierto signado con código IRHS-11-03-02-21 ubicado geográficamente en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 475,733 mE – 8’379,290 mN, y políticamente en el sector Changuillo, distrito de Changuillo, provincia de Nasca, departamento Ica; para fines agrícolas, sin contar con la autorización emitida por la Autoridad Nacional del Agua, y por el uso del recurso hídrico subterráneo proveniente del mismo para fines agrícolas, sin contar con el respectivo derecho emitido por la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificado en el numeral 3) “la ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional”; y 1) “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso”, del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338; concordante con el literal b) “Construir (…), sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a ésta o en la infraestructura hidráulica mayor pública”; y a) “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua” del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral

Fecha de Resolución

Jueves, 12 Septiembre 2024

R.D. N° 0785-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR al señor Roque Marcos Alva Rosalino, identificado con D.N.I. N° 21413534, con la imposición de una multa equivalente a DOS PUNTO SEIS (2.6) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por la ejecución de obra hidráulica de tipo permanente, consistente en perforación de un pozo a tajo abierto, en el punto de las coordenadas UTM (WGS84) 596,774mE – 8´268,373mN a una altura de 942 m.s.n.m, sector la Pampa-Tocota del Distrito de Huanuhuanu, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa, sin contar con la autorización emitida por la Autoridad Nacional del Agua. Asimismo, por el uso del agua sin contar con el derecho de uso correspondiente; infringiendo la normatividad en materia de recursos hídricos, de acuerdo a lo señalado en el artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, en sus numerales 1) “utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso” y 3) “ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, respectivamente, lo cual es concordante con el artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI incisos a) “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua” y b) “construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo permanentes o transitorias en las fuentes naturales de agua”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Septiembre 2024

R.D. N° 0784-2024-ANA-AAA.CHCH

DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo sobre Autorización para la Ejecución de Obras Mínimas, para el proyecto denominado “Servicio de Limpieza, descolmatación, conformación de dique con material propio en ambas márgenes y enrocado en la margen derecha del río Nasca, en el sector Pacheco Alto, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica”; promovido por señor Marco Antonio Paredes Huerta, identificado con DNI N° 18167074 en representación de la empresa TLC CARGO S.A.C., con RUC N° 20603229771 disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 10695-2024, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Septiembre 2024

R.D. N° 0783-2024-ANA-AAA.CHCH

DECLARAR INFUNDADA la oposición formulada por el señor Walter Herrera Solar al trámite de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial de pequeños proyectos con fines productivo - agrícola, proveniente del manantial denominado “Ñenccencca”, ubicado en el distrito y provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, solicitada por el señor Máximo Agapito Rojas García, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUPERFICIAL, anual hasta 6,987.10 m3/año con fines agrícolas, a favor del señor Máximo Agapito Rojas García, identificado con DNI N° 28824034, con la aprobación del proyecto “Memoria Descriptiva para la Acreditación de la Disponibilidad Hídrica Superficial de pequeños proyectos – Manantial Ñenccencca” ubicado en el distrito y provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, para satisfacer las necesidades hídricas del predio denominado “Polapuco” con área bajo riego de 1.05 ha.

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Septiembre 2024

R.D. N° 0782-2024-ANA-AAA.CHCH

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines agrarios, otorgada a favor del señor José La Rosa Rojas Magallanes, identificado con DNI N° 21785069 mediante Resolución Administrativa N° 011-2024-ANA-AAA.CHCH-ALA.SJ de fecha 29.01.2024, respecto del predio denominado “Cerro San Carlos Parcela 71” (Remanente) con UC N° 06171 y un área de 1.3605 ha. y por un volumen de 7,928.00 m3/año.

OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, a favor de la señora María Yolanda Rojas Chávez, identificada con DNI N° 42729443.

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Septiembre 2024

R.D. N° 0781-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Vista Alegre, con R.U.C. N° 20147706155, con una multa equivalente a CUATRO PUNTO CERO (4.0) Unidades Impositivas Tributarias, (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por ocasionar daños a las Bocatomas: 1) Los Romanes en las coordenadas UTM (WGS 84) E: 510,121 – N: 8´351,312 margen izquierda; 2) Santa María, ubicada en las coordenadas UTM (WGS 84) E: 510,029 – N: 8´351,369, margen derecha; 3) Santa Apolonia, ubicada en las coordenadas UTM (WGS 84) E: 511,310 – N: 8´351,478, margen derecha; 4) San Carlos, ubicadas en las coordenadas UTM (WGS 84) E: 510,920 – N: 8´351,418 margen izquierda; 5) San Agustín, ubicada en las coordenadas UTM (WGS 84)E: 510,617 – N: 8´351,434 margen derecha, y 6) Juana Silva II, ubicada en las coordenadas UTM (WGS 84) E: 509,285 – N: 8´351,384 margen derecha, las que han sido inhabilitadas es decir enterradas y colgadas, impidiendo la captación de agua superficial en tiempos de avenidas, por los trabajos de limpieza y descolmatación ejecutados, en el sector Taruga, distrito de Vista Alegre, provincia
de Nasca, departamento de Ica, sin contar con la autorización para parte de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción tipificada en el artículo 120º numeral 12).“Dañar obras de infraestructura pública” de la Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal o) “Destruir las obras de infraestructura hidráulica pública” del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Septiembre 2024

R.D. N° 0780-2024-ANA-AAA.CHCH

ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA a favor el señor Carlos Enrique Hurtado Cruz, identificado con DNI N° 43828444 respecto de las aguas provenientes de un pozo artesanal a tajo abierto, proyectado en el predio denominado Parcela N° 14 ubicado en el sector El Estudiante, distrito de El Ingenio, provincia de Nazca y departamento de Ica.

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Septiembre 2024

R.D. N° 0779-2024-ANA-AAA.CHCH

AMPLIAR por tres (03) meses el plazo para resolver el Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado en contra de la empresa Corporación Agrolatina S.A.C; con RUC N° 20176770474 y Registro CUT N° 229830-2023; cuyo término será computado a partir del 13.09.2024; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 10 Septiembre 2024

R.D. N° 0778-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR a la señora Evelyn Mosquera Cuadros, identificada con DNI N° 70466641; Catalina Cuadros Caña, identificada con DNI N° 21822445; Liliana Mosquera Cuadros, identificada con DNI N° 70466189 y Susana Aurora Saavedra de Boga, identificada con DNI N° 21823355, con la imposición de una multa solidaria equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al habérseles determinado su responsabilidad administrativa, por la invasión y obstrucción del camino de vigilancia y de la caja hidráulica del canal botador – desaguadero S/N, entre las coordenadas UTM WGS 84: 376873mE – 8510551mN – 376804mE – 8510563mN; que es operado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha Clase A, a través de la CUSSH Rio Viejo, ubicado en el Sector El Trino, distrito Chincha Baja, provincia de Chincha, departamento de Ica, infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el Art. 120° numeral 5 “(…) obstruir (…) los correspondientes bienes asociados de la Ley de Recursos Hídricos N° 29338. Concordante con el Art.277° literal o. “(…) obstruir (…) las obras de cualquier bien
asociado al agua natural o artificial” del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Martes, 10 Septiembre 2024

R.D. N° 0777-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.A.C. con RUC N° 20176770474, con la imposición de una multa equivalente a CUATRO PUNTO NUEVE (4.9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por impedir el día 14.11.2023 el ingreso del personal de la Autoridad Nacional del Agua para realizar las acciones de supervisión, control, vigilancia y fiscalización para asegurar el uso sostenible, la conservación y protección de la calidad de los recursos hídricos, al predio que conduce ubicado en el sector Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; al tomar conocimiento el órgano instructor de presunta comisión de infracción en materia de recursos hídricos georeferenciado en el punto de las coordenadas (UTM WGS 84): 413,904 mE – 8’456,644 mN; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 7) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Impedir las inspecciones, actividades de vigilancia y supervisión que realice la autoridad de agua competente directamente (…), concordante con el literal l) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Impedir u obstaculizar las inspecciones que disponga la Autoridad Nacional del Agua o el ingreso a cualquier lugar de propiedad pública o privada, a quienes ejercen autoridad en materia de aguas en el cumplimiento de sus funciones”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, con el agravante haber impedido nuevamente las acciones de fiscalización efectuadas el día 14.02.2024 por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Martes, 10 Septiembre 2024

R.D. N° 0776-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.A.C. con RUC N° 20176770474, con la imposición de una multa equivalente a CUATRO PUNTO NUEVE (4.9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por impedir el día 14.11.2023 el ingreso del personal de la Autoridad Nacional del Agua para realizar las acciones de supervisión, control, vigilancia y fiscalización para asegurar el uso sostenible, la conservación y protección de la calidad de los recursos hídricos, al predio que conduce ubicado en el sector Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; al tomar conocimiento el órgano instructor de presunta comisión de infracción en materia de recursos hídricos georeferenciado en el punto de las coordenadas (UTM WGS 84): 412,250 mE – 8’456,486 mN; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 7) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Impedir las inspecciones, actividades de vigilancia y supervisión que realice la autoridad de agua competente directamente (…), concordante con el literal l) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Impedir u obstaculizar las inspecciones que disponga la Autoridad Nacional del Agua o el ingreso a cualquier lugar de propiedad pública o privada, a quienes ejercen autoridad en materia de aguas en el cumplimiento de sus funciones”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, con el agravante haber impedido nuevamente las acciones de fiscalización efectuadas el día 14.02.2024 por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Martes, 10 Septiembre 2024

R.D. N° 0775-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.A.C. con RUC N° 20176770474, con la imposición de una multa equivalente a CUATRO PUNTO NUEVE (4.9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por impedir el día 14.11.2023 el ingreso del personal de la Autoridad Nacional del Agua para realizar las acciones de supervisión, control, vigilancia y fiscalización para asegurar el uso sostenible, la conservación y protección de la calidad de los recursos hídricos, al predio que conduce ubicado en el sector Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; al tomar conocimiento el órgano instructor de presunta comisión de infracción en materia de recursos hídricos georeferenciado en el punto de las coordenadas (UTM WGS 84): 412,816 mE – 8’456,888 mN; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 7) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Impedir las inspecciones, actividades de vigilancia y supervisión que realice la autoridad de agua competente directamente (…), concordante con el literal l) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Impedir u obstaculizar las inspecciones que disponga la Autoridad Nacional del Agua o el ingreso a cualquier lugar de propiedad pública o privada, a quienes ejercen autoridad en materia de aguas en el cumplimiento de sus funciones”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, con el agravante haber impedido nuevamente las acciones de fiscalización efectuadas el día 15.02.2024 por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Martes, 10 Septiembre 2024

R.D. N° 0774-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.A.C. con RUC N° 20176770474, con la imposición de una multa equivalente a CUATRO PUNTO NUEVE (4.9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por impedir el día 14.11.2023 el ingreso del personal de la Autoridad Nacional del Agua para realizar las acciones de supervisión, control, vigilancia y fiscalización para asegurar el uso sostenible, la conservación y protección de la calidad de los recursos hídricos, al predio que conduce ubicado en el sector Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; al tomar conocimiento el órgano instructor de presunta comisión de infracción en materia de recursos hídricos georeferenciado en el punto de las coordenadas (UTM WGS 84): 412,518 mE – 8’457,779 mN; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 7) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Impedir las inspecciones, actividades de vigilancia y supervisión que realice la autoridad de agua competente directamente (…), concordante con el literal l) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Impedir u obstaculizar las inspecciones que disponga la Autoridad Nacional del Agua o el ingreso a cualquier lugar de propiedad pública o privada, a quienes ejercen autoridad en materia de aguas en el cumplimiento de sus funciones”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, con el agravante haber impedido nuevamente las acciones de fiscalización efectuadas el día 15.02.2024 por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Martes, 10 Septiembre 2024

R.D. N° 0773-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.A.C. con RUC N° 20176770474, con la imposición de una multa equivalente a CUATRO PUNTO NUEVE (4.9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por impedir el día 13.11.2023 el ingreso del personal de la Autoridad Nacional del Agua para realizar las acciones de supervisión, control, vigilancia y fiscalización para asegurar el uso sostenible, la conservación y protección de la calidad de los recursos hídricos, al predio que conduce ubicado en el sector Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; al tomar conocimiento el órgano instructor de presunta comisión de infracción en materia de recursos hídricos georeferenciado en el punto de las coordenadas (UTM WGS 84): 412,684 mE – 8’456,027 mN; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 7) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Impedir las inspecciones, actividades de vigilancia y supervisión que realice la autoridad de agua competente directamente (…), concordante con el literal l) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Impedir u obstaculizar las inspecciones que disponga la Autoridad Nacional del Agua o el ingreso a cualquier lugar de propiedad pública o privada, a quienes ejercen autoridad en materia de aguas en el cumplimiento de sus funciones”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, con el agravante haber impedido nuevamente las acciones de fiscalización efectuadas el día 14.02.2024 por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Martes, 10 Septiembre 2024

R.D. N° 0772-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.A.C. con RUC N° 20176770474, con la imposición de una multa equivalente a CUATRO PUNTO NUEVE (4.9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por impedir el día 13.11.2023 el ingreso del personal de la Autoridad Nacional del Agua para realizar las acciones de supervisión, control, vigilancia y fiscalización para asegurar el uso sostenible, la conservación y protección de la calidad de los recursos hídricos, al predio que conduce ubicado en el sector Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; al tomar conocimiento el órgano instructor de presunta comisión de infracción en materia de recursos hídricos georeferenciado en el punto de las coordenadas (UTM WGS 84): 412,882 mE – 8’454,931 mN; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 7) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Impedir las inspecciones, actividades de vigilancia y supervisión que realice la autoridad de agua competente directamente (…), concordante con el literal l) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Impedir u obstaculizar las inspecciones que disponga la Autoridad Nacional del Agua o el ingreso a cualquier lugar de propiedad pública o privada, a quienes ejercen autoridad en materia de aguas en el cumplimiento de sus funciones”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, con el agravante haber impedido nuevamente las acciones de fiscalización efectuadas el día 15.02.2024 por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Jueves, 05 Septiembre 2024

R.D. N° 0771-2024-ANA-AAA.CHCH

DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo, sobre Autorización para la Ejecución de Obras Mínimas, consistente en la limpieza y descolmatación y construcción de un dique con material propio, en el cauce del río Las Trancas, en el sector Copará, distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, región de Ica, promovido por la Municipalidad Distrital de Vista Alegre con RUC N° 20147706155, representada por su alcalde el señor Gabriel Roger Sarmiento Garriazo; sin pronunciamiento de fondo, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre 2024

R.D. N° 0770-2024-ANA-AAA.CHCH

APROBAR EL DESISTIMIENTO del presente procedimiento administrativo, presentado por el señor Roberto Melquiades Huamán Donayre, identificado con DNI N° 22303283; por lo tanto, DECLARAR CONCLUIDO el trámite iniciado con CUT N° 94765-2024, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre 2024

R.D. N° 0769-2024-ANA-AAA.CHCH

APROBAR EL DESISTIMIENTO del presente procedimiento administrativo, presentado por el Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C., con RUC N° 20178344952 representado por la señora Elizabeth Roque Mejía, identificada con DNI N° 44790635; por lo tanto, DECLARAR CONCLUIDO el trámite iniciado con CUT N° 3082-2024, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre 2024

R.D. N° 0768-2024-ANA-AAA.CHCH

SANCIONAR al señor Rubén Darío Rojo Padilla, identificado con DNI N° 06984792 con una multa equivalente a CERO PUNTO SETENTA Y CINCO (0.75) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por utilizar con fines agrícolas el recurso hídrico superficial proveniente del canal de derivación Bernales para irrigar tres predios ubicados en el sector Miraflores, distrito de Humay, provincia de Pisco y departamento de Ica, cuyos centroides se encuentran ubicados en las coordenadas (UTM WGS 84) i) 403,087 mE – 8’481,513 mN; ii) 402,944 mE – 8’481,393 mN; iii) 403,080 mE – 8’481,318 mN; en un área total de 5.03 ha. aproximadamente, sin contar con el derecho respetivo emitido por la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en infracción en materia de Recursos Hídricos, tipificado en el numeral 1) del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso”; concordante con el literal a) del artículo 277° del su Reglamento, “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua” aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente.
resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre 2024

R.D. N° 0767-2024-ANA-AAA.CHCH

APROBAR EL DESISTIMIENTO del presente procedimiento administrativo, presentado por el señor Wilmer Marcelino Huamaní Córdova, identificado con DNI N° 21532285, en calidad de Presidente del Comité de Usuarios de Agua de la Toma Jatun Sura; por lo tanto, DECLARAR CONCLUIDO el trámite iniciado con CUT N° 115381-2023, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre 2024

R.D. N° 0766-2024-ANA-AAA.CHCH

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso agrario, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 27-2005-GORE-ICA/DRAGATDRCH.P de fecha 11.02.2005, en el extremo referido al derecho otorgado a favor de la señora Enriqueta Ronceros Carrillo, para el predio de U.C. N° 00641.

OTORGAR a favor del señor William Frank Paredes Gonzales identificado con DNI N° 09851001 y la señora Andrea Com Argüelles identificada con DNI N° 40579591, Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso agrícola.

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Agosto 2024

R.D. N° 0765-2024-ANA-AAA.CHCH

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial, mediante Resolución Administrativa N° 027-2005-GORE-ICA/DRAG-ATDRCH.P de fecha 11.02.2005, en el extremo referido al otorgamiento de Licencia a favor del Eugenio Onofre Morón, para el predio con U.C N° 00693.

OTORGAR a favor del señor Josué Jese Chuquispuma Lazo, identificado con DNI N° 43785289 y la señora Maribel Teodosia Guerra Lévano, identificada con DNI N° 42158686, Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso productivo-agrarios (Uso Agrícola).

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Agosto 2024

R.D. N° 0764-2024-ANA-AAA.CHCH

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial, mediante Resolución Administrativa N° 026-2005-GORE-ICA/DRAG-ATDRCH.P de fecha 11.02.2005, en el extremo referido al otorgamiento de Licencia a favor del señor Santos Félix Mendoza Santos, para el predio con U.C N° 04245.

OTORGAR a favor del señor Yván Mendoza Magallanes, identificado con DNI N° 41428131, Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso productivo agrarios (Uso Agrícola),

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Agosto 2024

R.D. N° 0763-2024-ANA-AAA.CHCH

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso productivo-agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 165-2006-GOREDRAG-I/ATDRI de fecha 13.07.2006, en el extremo referido al derecho otorgado a favor del señor José Tránsito Del Pozo Chávez, identificado con DNI N° 21417702, para el predio de U.C. N° 08753.

OTORGAR a favor del Samuel Porfirio Chávez Vargas, identificado con DNI N° 21507195, Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso agrícola.

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Agosto 2024

R.D. N° 0762-2024-ANA-AAA.CHCH

MODIFICAR la Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 248-2005-GORE-ICA/DRAG-ATDRCH.P de fecha 09.12.2005 a favor del señor Roberto Mario Tenorio Bellido, identificado con DNI Nº 22260866, únicamente en lo referido al área beneficiaria y volumen otorgado.

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Agosto 2024

R.D. N° 0761-2024-ANA-AAA.CHCH

DECLARAR LA EXTINCIÓN de un tramo del Canal de Riego denominado L3 La Hormiga, ubicado en el sector 07 de junio, C.P. Sunampe, distrito de Sunampe, provincia de Chincha, departamento Ica, perteneciente a la Comisión de Usuarios Subsector Hidráulico Acequia Grande, jurisdicción de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha Clase A, solicitada por el señor Pablo Mendoza Saravia, identificado con DNI N° 21877771.

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Agosto 2024

R.D. N° 0760-2024-ANA-AAA.CHCH

DECLARAR LA EXTINCIÓN de un tramo del Canal de Riego denominado L2 Chamana - La Peña, ubicado en la Av. Primavera, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento Ica, perteneciente a la Comisión de Usuarios Subsector Hidráulico Ñoco, jurisdicción de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha Clase A, solicitada por la empresa Constructora Inmobiliaria Ocaja S.A.C., con RUC N° 20534428201.

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Agosto 2024

R.D. N° 0758-2024-ANA-AAA.CHCH

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso agrario, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 354-2006-GORE-DRAG-I/ATDRI de fecha 27.12.2006, en el extremo referido al derecho otorgado a favor del señor Carlos Esteban Morán Hernández, para el predio de U.C. N° 36251.

OTORGAR a favor de la señora Irene Maritza Ventura Torres de Huayta identificada con DNI N° 21463149 y su cónyuge, el señor Andrés Fidel Huayta Cornejo, identificado con DNI N° 40017082, Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso agrícola.

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Agosto 2024

R.D. N° 0757-2024-ANA-AAA.CHCH

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso agrario, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 185-2006-GORE-/DRAG-I/ATDRI de fecha 13.07.2006, en el extremo referido al derecho otorgado a favor de la señora Luz Yolanda Arcos Ponce, para el predio de U.C. 03506.

OTORGAR a favor del señor Pelayo Gil Villagaray Chipana, identificado con DNI N° 21572519 y Juana Norina Huarcaya Cárdenas de Villagaray, identificada con DNI N° 40400022, Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso
agrícola.

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Agosto 2024

R.D. N° 0755-2024-ANA-AAA.CHCH

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso productivo-agrario, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 053-2005-GOREICA/DRAG-ATDRCH.P de fecha 09/02/2005, en el extremo referido al derecho otorgado a favor del señor Emilio Gallegos Urrutia, identificado con DNI N° 22278062, para el predio de U.C. 02909.

OTORGAR a favor del señor Oscar Emilio Gallegos Bendezú, identificado con DNI N° 40111006, Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso Productivo-Agrarios (Uso Agrícola).

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Agosto 2024

R.D. N° 0754-2024-ANA-AAA.CHCH

EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso agrario, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 118-2005-GORE-ICA/DRAGATDRCH.P de fecha 06.07.2005, en el extremo referido al derecho otorgado a favor de la señora Nelly Indalecia Almeyda de Rojas.

OTORGAR a favor de los señores Jesús Alfredo García Félix, identificado con DNI N° 43385710, Luisa Pachas Hernández, identificada con DNI N° 21810995, Teodoro García Félix, identificado con DNI N° 21800108 y Esther Sotelo Yataco de García, identificada con DNI N° 21810491, Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso productivo-agrario (Uso Agrícola).

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Agosto 2024

R.D. N° 0753-2024-ANA-AAA.CHCH

DESESTIMAR la solicitud de Extinción del Canal de Riego denominado L4 Sandiga, perteneciente a la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Pilpa, jurisdicción de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor San Juan Clase B, en el Pasaje El Tambo, distrito de Sunampe, provincia de Chincha y departamento de Ica, presentada por el señor Aldo Fernando Trillo Limaylla, identificado con DNI Nº 21868519, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto 2024

R.D. N° 0752-2024-ANA-AAA.CHCH

RECTIFICAR DE OFICIO los errores materiales contenidos en el Artículo Primero de la Resolución Administrativa Nº 191-2009-ANA-ALA.ICA de fecha 30.07.2009, emitida a favor de la Asociación de Agricultores "Virgen de Chapi" del Pozo 20 Macacona, en lo que respecta a la codificación del pozo y las coordenadas de ubicación del mismo.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto 2024

R.D. N° 0751-2024-ANA-AAA.CHCH

DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial, con fines de uso productivo - agrícola, para el proyecto denominado "Creación del Servicio de Agua para Riego Huasccerma - Marca - Chunas - Garbansopata, en la localidad de Chupamarca, distrito de Chupamarca, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica", promovido por la Municipalidad Distrital de Chupamarca, con RUC N° 20198524078; disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT Nº 264727-2023, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto 2024

R.D. N° 0750-2024-ANA-AAA.CHCH

PRORROGAR por ÚNICA VEZ el plazo otorgado a favor de la empresa Corporativa RC.BC.CP. S.A.C., con RUC Nº 20606356189, mediante Resolución Directoral Nº 0643-2022-ANA-AAA.CHCH de fecha 23.08.2022, sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica Subterránea, para la ubicación de un pozo tubular -con fines poblacionales, proyectado en el distrito de Ocucaje, provincia y departamento de Ica, a favor de la empresa Corporativa RC.BC.CP. S.A.C. , de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto 2024

R.D. N° 0749-2024-ANA-AAA.CHCH

ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUPERFICIAL, con fines productivo - agrícola, a favor del señor Froilán Flores Huamaní, identificado con DNI Nº 23530006.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto 2024

R.D. N° 0748-2024-ANA-AAA.CHCH

ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA para la ubicación de dos (02) pozos tubulares, con fines poblacionales, para el abastecimiento del proyecto de Habilitación Urbana denominado "Aymara Cabañas del Sur", a favor de la empresa Constructora Interhome S.A.C., con RUC Nº 20608491482.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto 2024

R.D. N° 0747-2024-ANA-AAA.CHCH

ACREDITAR LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUBTERRÁNEA, con fines productivo - agrícola, para la ubicación de un (01) pozo tubular, a favor de la empresa Negozio Di Ferramenta S.A.C., con RUC Nº 20515751051.

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto 2024

R.D. N° 0746-2024-ANA-AAA.CHCH

PRORROGAR por única vez el plazo otorgado a favor del señor Benito Waldo Bautista Toribio identificado con DNI Nº 04806047, mediante Resolución Directora! N° 0253-2024-ANA-AAA.CHCH de fecha 27.03.2024, sobre Autorización de Ejecución de Obra en Fuentes Naturales de Agua o en la Infraestructura Hidráulica Multisectorial, para el desarrollo del proyecto "Instalación de Puente Modular en el sector de Letrayocc, distrito de Humay, provincia de Pisco y departamento de Ica", de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución .

Fecha de Resolución

Martes, 27 Agosto 2024

R.D. N° 0744-2024-ANA-AAA.CHCH

RECTIFICAR DE OFICIO los errores materiales contenidos en el Artículo Primero de la Resolución Administrativa N° 262-2009-ANA-ALA.ICA de fecha 16.10.2009, emitida a favor de la empresa Agroindustrias Campo Verde S.A.C., en lo que respecta a la codificación del pozo y las coordenadas de ubicación del mismo.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Agosto 2024

R.D. N° 0743-2024-ANA-AAA.CHCH

AMPLIAR por tres (03) meses el plazo para resolver el Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado en contra del señor Eulogio Ccolqque Huallpa, identificado con DNI N° 22072919; cuyo término será computado a partir del 12.09.2024; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Agosto 2024

R.D. N° 0742-2024-ANA-AAA.CHCH

AMPLIAR por tres (03) meses el plazo para resolver el Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado en contra de la señora María del Rosario Salas Zavala, identificada con DNI N° 21828809; cuyo término será computado a partir del 06.09.2024; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Agosto 2024

R.D. N° 0741-2024-ANA-AAA.CHCH

AMPLIAR por tres (03) meses el plazo para resolver el Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado en contra de la empresa Corporación Agrolatina S.A.C., con RUC N° 20176770474; cuyo término será computado a partir del 13.09.2024; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Agosto 2024