SANCIONAR a la Empresa Agrícola lspana S.A.C, con RUC Nº20452645131, con una multa equivalente a 30 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigente a la fecha de pago, por la ejecución de obras hidráulicas consistente en la excavación y construcción de un canal nuevo, tipo rustico, el cual se ejecutó sin la autorización correspondiente, iniciándose desde las coordenadas UTM (Datum WGS 84) 468,505 mE y 8'377,969 mN y teniendo como final las coordenadas UTM (Datum WGS 84) 467,661 mE y 8'376,761 mN, con un tramo recorrido de 1 km+900 m, en el Sector de Cabildo del Distrito de Changuillo, Provincia de Nasca, Departamento de Ica, por haber incurrido en la infracción tipificada por el Artículo 120º numeral 3) de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con los incisos b) y s) del artículo 277 de su Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.