SANCIONAR a la empresa Agricola Serengueti SAC, con RUC Nº 20494738423, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, por danar la margen izquierda del canal de derivacion Casalla a un (01) metro de altura del rasante del canal la apertura de una captacion mediante una tuberia de 17" desde el punta de inicio en las coordenadas UTM (WGS84) 379,958 mE - 8'485,253 mN hasta el punto de las coordenadas UTM (WGS84) 379,942 mE - 8'485,246 mN en una longitud de 18.5 m, culminando en la primera caseta de bombeo de material noble, ambito de la Comision de Usuarios del Sub Sector Hidraulico Casalla, Sector Barranca Baja, distrito de Tupac Amaru Inca, provincia de Pisco, departamento de Ica, obra ejecutada sin autorizacion de la Autoridad Nacional del Agua, 10 que conslituye infraccion en materia de Recursos Hidricos , tipificado en el numeral 12 del articulo 120° de Ia l ey de Recursos Hidricos, ley N° 29338, concordante con el literal 0 del articulo 277º del Reglamento de la ley de Recursos Hidricos aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG ; modificado mediante Decreto Supremo N" 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.