SANCIONAR a la empresa Constructora Cárdenas & Asociados S.A.C., con R.U.C. N° 20608979183, con la imposición de una multa equivalente a CUATRO PUNTO CINCO (4.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por realizar trabajos de ejecución de obras hidráulicas, en el río Ingenio, sector La Mancha y La Banda, distrito de Ingenio, provincia de Nasca, departamento de Ica; consistente en trabajos de enrocado de 300 metros aproximadamente en la margen derecha y descolmatación, conformación de dique seco en margen izquierda del río Ingenio, sector La Mancha; en las coordenadas UTM WGS 84: 483,244mE – 8´377,197mN, hasta las coordenadas UTM (WGS84) 482,764mE – 8´377,222mN. Así como enrocado de 100 metros aproximadamente de la margen izquierda, descolmatación, conformación de dique seco, margen derecha del río Ingenio, sector La Banda, en las coordenadas UTM WGS84: 480,722mE – 8´377,923mN, hasta las coordenadas UTM (WGS84) 479,032mE – 8´378,710mN; sin la autorización de la Autoridad Nacional de Agua, infringiendo la normatividad en materia de recursos hídricos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos N° 29338, numeral 3. “La ejecución (…) de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional”; concordante con el literal b. “Construir (…) sin autorización obras de cualquier tipo en las fuentes naturales de agua”, del Artículo 277°, del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.