RD N° 0719-2019-ANA-AAA-MDD
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 44400.000 m3/año, a favor de EDELVINA LOPEZ VERA con DNI 04805373, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 44400.000 m3/año, a favor de EDELVINA LOPEZ VERA con DNI 04805373, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 7335.000 m3/año, a favor de FLORENCIO OLARTE VELASQUE con DNI 04827426, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 23508.190 m3/año, a favor de EDILBERTO GARCIA MOZOMBITE con DNI 04812081, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 47880.000 m3/año, a favor de DAVID HERNÁN ALTAMIRANO RIVAS con DNI 04827839, con fines Acuícolas , categoría AREL.
Declarar FUNDADO el recurso de reconsideración, interpuesto por la señora DEISY MIRELLA APAZA LUQUE, identificada con DNI Nº 47507098, contra la Resolución Directoral Nº 0530-2019-ANA-AAA.MDD de fecha 09.10.2019, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR a la señora LOURDES TAPARA HUAYLLANI, identificado con DNI Nº 41603847, con una AMONESTACIÓN ESCRITA por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 1. del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a. del artículo 277º de su Reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. A continuación el detalle del aprovechamiento del recurso hídrico:
AUTORIZAR al PROYECTO ESPECIAL MADRE DE DIOS, con RUC N° 20170258305, la ejecución de obras en los bienes naturales asociados al agua de las fuentes naturales de agua, para el proyecto "Mejoramiento del Camino Vecinal Centro Poblado Florida Baja - Filadelfia Alto Tambopata, Distrito de Laberinto - Tambopata - Madre de Dios", conforme a las especificaciones técnicas del referido proyecto, del siguiente detalle:
OTORGAR licencia de uso de agua subterránea en vía de regularización confines doméstico - poblacional a favor del señor SEBASTIAN PUMA CHECCO, identificado con DNI Nº 04807016, para aprovechar un volumen anual de hasta 473.07 m3 , conforme al siguiente detalle:
OTORGAR licencia de uso de agua subterránea en vía de regularización con fines doméstico - poblacional a favor de la señora MARISOL ZAMATA FLORES, identificada con DNI Nº 46516214, para aprovechar un volumen anual de hasta 599.19 m3, conforme al siguiente detalle:
OTORGAR licencia de uso de agua subterránea en vía de regularización con fines doméstico - poblacional a favor de la señora OBDULIA ISABEL PACA MACHACA, identificada con DNI Nº 04823649, para aprovechar un volumen anual de hasta 599.19 m3
EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines mineros, otorgada con la Resolución Administrativa Nº 019-2005-MA-ATDRM, de fecha 10.03.2005 a favor del señor ESTEBAN QUISPE MAMANI, identificado con DNI Nº 40902753, por la concesión minera "ACUMULACION SEÑOR DE LOS MILAGROS" con código 0700005960, ubicada en el sector Cabecera Huepetuhe - Puno, del Distrito de Huepetuhe, Provincia de Manu y Departamento de Madre de Dios, dejándola sin efecto legal, por la causal de renuncia del titular, establecida en el numeral 1. del artículo 70º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el numeral 102.1, del artículo 102° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-2010-AG, y por las razones expuestas en la presente Resolución Directoral.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento administrativo de modificación de la Autorización de Uso Temporal de Terreno de Isla para la siembra de cultivos, otorgada mediante Resolución Directoral N° 0475-2019-ANA-AAA-MDD de fecha 16.09.2019.
SANCIONAR al señor MARIO CURASCO CUSIYUPANQUI, identificado con DNI Nº 04820105, con una AMONESTACIÓN ESCRITA por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 1. del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a. del artículo 277º de su Reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. A continuación el detalle del aprovechamiento del recurso hídrico:
SANCIONAR a la señora MERIDA ONEYDA ROLIN MARIN, identificada con DNI Nº 46945449, con una AMONESTACIÓN ESCRITA por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 1. del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a. del artículo 277º de su Reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. A continuación el detalle del aprovechamiento del recurso hídrico:
AUTORIZAR al PROYECTO ESPECIAL MADRE DE DIOS, con RUC Nº 0170258305, la ejecución de obras en los bienes naturales asociados al agua, para el proyecto "Rehabilitación y Mejoramiento del Camino Vecinal San Francisco - Puerto Portillo, Distrito de Iberia - Tahuamanu- Madre de Dios", código SNIP Nº 171094, conforme a las especificaciones A técnicas del referido proyecto al siguiente detalle:
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE MADRE DE DIOS, con RUC Nº 20350338315 por las razones expuestas en el considerando quinto de la presente resolución.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 24324.000 m3 /año, a favor de ERNESTO HUAMAN FLORES con DNI 25199341, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 57798.000 m3/año, a favor de DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE MADRE DE DIOS con RUC 20350338315, con fines Acuícolas, categoría AMYPE.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5130.000 m3/año, a favor de JUAN LUIS CONTRERAS MAMANI con DNI 04815147, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 17100.000 m3/año, a favor de COMUNIDAD NATIVA BÉLGICA con RUC 20527160121, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 18522.000 m3/año, a favor de COMUNIDAD NATIVA EL PILAR con RUC 20489969492, con fines Acuícolas, categoria AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 17100.000 m3/año, a favor de ROBINSON CASTRO TANANTA con DNI 04816662, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 25920.000 m3/año, a favor de GRACIANO ASCENCIO CUTIPA con DNI 01263080, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 35640.000 m3 /año, a favor de CELESTINO SOLORZANO ALARCON con DNI 44429261, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 34200.000 m3/año, a favor de DAVID HERNÁN AL TAMIRANO RIVAS con DNI 04827839, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 40500.000 m3 /año, a favor de JUANA CCORAHUA DE SANDOVAL con DNI 23853969, con fines Acuícolas , categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 20050.000 m3 /año, a favor de RUPERTO SANDOVAL LLATASA con DNI 04808642, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 49044.000 m3/año, a favor de LUISA REGINA LORAICO PALOMA con DNI 04808605, con fines Acuícolas, categoría AREL.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 35150.000 m3/año, a favor de INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO MANU-SALVACION con RUC 20357905274, con fines Acuícolas, categoría AMYPE.
AUTORIZAR al PROYECTO ESPECIAL MADRE DE DIOS, con RUC Nº 20170258305, la ejecución de obras en fuentes naturales de agua, para el proyecto "Rehabilitación y Mejoramiento del Camino Vecinal Sudadero - Lago Valenciá, Distrito de Las Piedras - Tambopata - Madre de Dios", conforme a las especificaciones técnicas del referido proyecto
AUTORIZAR a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INAMBARI, con RUC Nº 20170258216, la ejecución de obras mínimas en fuentes naturales de agua, para el desarrollo del proyecto "Creación de Defensa Ribereña en la Quebrada Páucar de la Localidad de Mazuko del Distrito de lnambari - Provincia de Tambopata - Departamento de Madre de Dios".
AUTORIZAR a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INAMBARI con RUC Nº 20170258216, la Ejecución de Obra Mínima en Fuente Natural de Agua para el desarrollo del proyecto "Creación de la Defensa Ribereña en la quebrada Chaupimayo de la localidad de Mazuko del Distrito de lnambari, Provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios",
AUTORIZAR a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INAMBARI, con RUC N° 20170258216, la ejecución de obras mínimas en fuentes naturales de agua, para el desarrollo del proyecto "Creación de Defensa Ribereña en la Quebrada Loro Aurora de la Localidad de Mazuko del Distrito de lnambari - Provincia de Tambopata - Departamento de Madre de Dios", conforme a las especificaciones técnicas del referido proyecto.
AUTORIZAR a la UNIDAD EJECUTORA 002: MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS, con RUC Nº 20536909126 la instalación de instrumentos de medición y ejecución de obras mínimas de cuatro (04) estaciones hidrométricas en el cauce y la faja marginal de los ríos "Tambopata", "Araza", "San Gabán" e "lnambari", que comprende la instalación del patio hidrológico, sistema de aforo, instrumentos de medición y cables de trasmisión de datos.
APROBAR el estudio denominado "Estudio de Delimitación de la faja marginal de un tramo de 2.19 Km. En ambas márgenes del Rio San Gabán en el distrito de San Gabán, Provincia de Carabaya, Departamento de Puno"; de conformidad con lo dispuesto en los anexos I y II que forman parte de la presente resolución.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica adicional de la quebrada "Puyca" con fines energéticos a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCAPATA con RUC Nº 20214061474, para el desarrollo del proyecto denominado "Ampliación del Servicio de Energía Eléctrica Mediante Minicentral Hidroeléctrica de 1 MW en el Centro Poblado de Amacho, Distrito de Marcapata, Provincia de Quispicanchi, Región Cusco
DECLARAR el ABANDONO del procedimiento administrativo iniciado por la empresa MADERERA RIO ACRE S.A.C., con RUC Nº 20527030421, sobre Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Subterránea en vía de regularización con fines productivos - otros usos.
OTORGAR licencia de uso de agua subterránea en vía de regularización confines doméstico - poblacional a favor de la señora TERESA SALAZAR FERNANDEZ VDA DE MORENO, identificada con DNI Nº 04811155, para aprovechar un volumen anual de hasta 473.07 m3, conforme al siguiente detalle:
DECLARAR el ABANDONO del procedimiento administrativo iniciado por TURISMO BORJA E.l.R.L., con RUC N° 20542832968 sobre solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica subterránea con fines productivos - otros usos.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua para el proyecto denominado: "Defensa Ribereña en la Quebrada Paucar de la Localidad de Mazuko del Distrito de lnambari - Provincia de Tambopata - Departamento de Madre de Dios", solicitado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INAMBARI.
SANCIONAR al señor CARLOS ALBERTO MARTINEZ CONTRERAS, con DNI N° 18068173 y RUC Nº 10180681731, con una MULTA equivalente a cero coma veintiséis (0,26) UIT, por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos por utilizar el agua sin el respectivo derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 1. del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a. del artículo 277º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG; asimismo, la ubicación del punto de captación es conforme al siguiente detalle:
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua para el proyecto denominado: "Creación de la Defensa Ribereña en la Quebrada Chaupimayo de la Localidad de Mazuko del Distrito de lnambari - Provincia de Tambopata - Departamento de Madre de Dios", solicitado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INAMBARI.
OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 30067.500 m3/año, a favor de IGNACIO RAUL LIPA CAHUANA con DNI 04814756, con fines Acuícolas, categoría AREL.
SANCIONAR al señor EDILBERTO GARCIA MOZOMBITE, identificado con DNI Nº 04812081, con una AMONESTACIÓN ESCRITA por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 1. del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a. del artículo 277º de su Reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. A continuación el detalle del aprovechamiento del recurso hídrico:
SANCIONAR a INVERSIONES CORPORATIVAS MELQUI S.A.C., con RUC Nº 20490130510, con una MULTA equivalente a cero coma treinta y uno (0,31) UIT, por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos por utilizar el agua sin el respectivo derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 1. del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a. del artículo 277º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG; asimismo, la ubicación del punto de captación es conforme al siguiente detalle:
SANCIONAR a EMPRESA DE TRANSPORTES TRAVEL TOURS EXPEDICIONES COLORADO MANU SOCIEDAD ANONIMA, con RUC Nº 20450757617, con una MULTA equivalente a cero coma veintiséis (0,26) UIT, por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos por utilizar el agua sin el respectivo derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 1. del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a. del artículo 277° de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG; asimismo, la ubicación del punto de captación es conforme al siguiente detalle:
ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado contra el señor ESTANISLAO HUAYTA SENCIA, con DNI Nº 04810746, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR a la señora ELI CONSUELO VELA REATEGUI, con DNI Nº 04821733, con una MULTA equivalente a cero coma treinta y siete (0,37) UIT, por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos por utilizar el agua sin el respectivo derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 1. del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a. del artículo 277º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG; asimismo, la ubicación del punto de captación es conforme al siguiente detalle:
SANCIONAR al señor GERMAN MARIO FERNÁNDEZ HANCO, identificado con DNI Nº 04824701, con una AMONESTACIÓN ESCRITA, por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 1. del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a. del artículo 277º de su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2010-AG; asimismo, la ubicación del punto de captación es conforme al siguiente detalle:
SANCIONAR a la señora CIPRIANA QUISPE CHOCCAYQUILLO, identificada con DNI Nº 41953913, con una AMONESTACIÓN ESCRITA por la infracción calificada como leve en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 1. del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a. del artículo 277º de su Reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. A continuación el detalle del aprovechamiento del recurso hídrico: