RESOLUCION DIRECTORAL N° 0113-2025-ANA-AAA.CF

Resumen

Archivar el procedimiento administrativo sancionador seguido contra don Máximo Guevara Ccengua con DNI 10787138, conductor del predio Lote 6, por la presunta infracción al numeral 3) del artículo 120º de la Ley 29338 «Ley de Recursos Hídricos» y literales b) y f) del artículo 277° de su Reglamento, por los fundamentos expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.

Sancionar administrativamente a doña Maritza Torres Julca con DNI 40520629, don Juan Carlos Ruiz Torres con DNI 40520629, doña Graciela Asto De Hinojo con DNI 10210369, y doña Zenaida Dávila Tito con DNI 23360631, por «ocupar» las Infraestructuras hidráulicas de los denominados canales L2 Morales, L2 Espíritu y L1 el Olivar respectivamente, prevista en el literal f) del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; calificándose la infracción como leve e imponiéndose como sanción individual o a cada uno de ellos una multa ascendente a «1» UIT. vigentes al momento de su pago, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº0000877174, a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitirse a esta Autoridad Administrativa copia del comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firme la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 22 Enero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA