Anuario 2010 Superintendencia Nacional de Aseguramiento
El 3 de abril del 2010, fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto
Supremo N° 008-2010-SA, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 29344, Ley Marco del
Aseguramiento Universal en Salud, documento que permitió el inicio efectivo de actividades
de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud – SUNASA constituida en un
organismo público técnico especializado del sector salud, con autonomía técnica, funcional,
administrativa, económica y financiera, así como con competencia para registrar, autorizar,
supervisar, regular y sancionar a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento
en Salud (IAFAS) y a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS).
Desde entonces la SUNASA se encuentra abocada, de acuerdo al mandato de la Ley
y del propio Reglamento, a la provisión de los documentos indispensables para el mejor
cumplimiento de sus fines dentro de la gradualidad preestablecida, la que busca no sólo
asegurar la marcha efectiva del proceso de aseguramiento, sino además hacer que este gane
credibilidad en la población, esta última, condición indispensable para generar la cultura que
se requiere a efecto de alcanzar la obligatoriedad que la Ley señala.
En esta tarea viene cumpliendo rol importante el Consejo Directivo instalado en el mes de
noviembre y que está integrado por 5 miembros, dos (2) representantes del Ministerio de
Salud, un (1) representante del Ministerio de Economía y Finanzas, un (1) representante del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y un (1) representante del Ministerio de Trabajo y
Promoción Social, que sesiona regularmente cada 15 días. Fortaleza valiosa para alcanzar estos
logros es también el personal de la Institución, quien venía laborando en la Superintendencia
de Entidades Prestadoras de Salud -SEPS- sobre cuya base viene construyéndose la SUNASA.
Ha sido para mi muy grato asumir, desde el mes de setiembre, la conducción
de la institución en mi condición de Superintendente designado por Resolución
Suprema N° 019 – 2010 – SA, y compartir esta responsabilidad con el equipo de
funcionarios de la Alta Dirección encabezados por el Doctor Abel Salinas Rivas
como Intendente General.
El Aseguramiento Universal en Salud, como es de conocimiento público, viene siendo
aplicado en diversas zonas piloto que comprenden las regiones de Ayacucho, Huancavelica y
Apurímac, en forma integral, y algunos distritos de las regiones de Lambayeque, La Libertad,
Piura, San Martín, Lima, Junín, Cusco, Callao, Amazonas y Loreto, y a través del tiempo
trascurrido se observa el incremento de número de asegurados, la población peruana que
se encuentra afiliada a un seguro de salud pasando, de acuerdo a la Encuesta Nacional de
Hogares (ENAHO), de un 37,3% en el año 2004 al 63,5% en el año 2010, este crecimiento
de la población afiliada es más evidente entre los años 2007 al 2009 en donde la población
peruana afiliada a un seguro de salud se incrementó en un 11,4%.
Al poner este anuario a consideración de ustedes renovamos nuestro compromiso de
continuar trabajando en favor de la salud de la población peruana dentro del marco que
señala la Ley, las normas y directivas emanadas del ente rector, el Ministerio de Salud