R.D. Nro. 629-2017-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POMATA, con RUC N° 20146266208, representado por su Alcalde, el señor Fredy Gualberto Castillo Venegas, con domicilio en la Av. Lima Norte N° 245, Cercado – Plaza de Armas, Distrito de Pomata, Provincia de Chucuito y Región de Puno, una multa pecuniaria de SEIS (6) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), conforme al artículo 279.3, del Decreto Supremo  N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por efectuar vertimiento de aguas residuales en cuerpo natural de agua superficial, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 9) de la Ley N° 29338, realizar vertimientos, y en el D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal d) Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua del Lago Titicaca, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo

Fecha de Resolución

Jueves, 07 Diciembre, 2017

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua