R.D. Nro. 380-2021-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar, improcedente, la solicitud presentada por el Programa Regional de Riego y Drenaje – PRORRIDRE, con RUC N° 20199860551, por medio de su representante legal el Ing. Harolt Enroque Rodríguez Choque, con DNI. N° 01323660, sobre Autorización de Ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, para uso productivo con fines agrarios, para el proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua para el Sistema de Riego Tecnificado Molino Humacata Centro Poblado de Molino Humacata - Distrito de Zepita - Provincia de Chucuito – Puno”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. 

Fecha de Resolución

Viernes, 27 Agosto, 2021

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua