R.D. Nro. 143-2022-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER al CONSORCIO VIAL CHUPA, con Registro Único de Contribuyente (RUC) Nº 20602723152, con domicilio Av. Circunvalación N° 587 San José I Etapa del distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, debidamente representado por su Representante común, señor Raimundo Palomino Hancco; una sanción administrativa de multa por un monto equivalente a tres (3) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 3) de la Ley N° 29338, realizar la ejecución de obras hidráulicas sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, y; en el Decreto Supremo N° 001-2010- AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal b) Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de tipo permanente en la fuente natural de agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Huancané, dentro del tercer día de efectuado el mismo.

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Abril, 2022

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua