R.D. N° 748-2023-ANA-AAA X MANTARO

Resumen

Sancionar a la COMPAÑÍA MINERA KOLPA S.A, con una multa equivalente a Diez (10) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción calificada como MUY GRAVE, tipificada en el numeral 8 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal c) del artículo 277° del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; materializándose la infracción por “contaminar el agua del rio Escalera, a consecuencia de la fuga de agua y sedimentos de la base del dique de la represa Caudalosa”; ubicado en la Unidad Minera Huachocolpa Uno, de titularidad de la Compañía Minera Kolpa S.A, jurisdicción del distrito de Huachocolpa, provincia y departamento de Huancavelica.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA