R.D. N° 1062-2024-ANA-AAA.CHCH

Resumen

SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, con RUC N° 20178826353, con la imposición de una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por la obstrucción del camino de vigilancia de la margen derecha del camino de vigilancia del canal de riego La Playa de la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Chillón, mediante la instalación de dos (2) baños públicos portátiles, ubicados en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 376,764mN – 8´508,618mN; y en las coordenadas UTM (WGS 84): 376,766mN – 8´508,619mN del Centro Poblado Santa Teresa, distrito de Chincha Baja, provincia de Chincha, departamento de Ica; infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el Art. 120° numeral 5 “(…) obstruir (…) los correspondientes bienes asociados de la Ley de Recursos Hídricos N° 29338. Concordante con el Art.277° literal o. “(…) obstruir (…) las obras de cualquier bien asociado al agua natural o artificial del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Noviembre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua