R.D. N° 0823-2023-ANA-AAA.CHCH

Resumen

SANCIONAR a la empresa Minera Aurífera Cuatro de Enero S.A., (MACDESA S.A.) con RUC N° 20498680144 con una multa equivalente a SEIS PUNTO CERO (6.0) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su
responsabilidad administrativa por realizar vertimiento de aguas residuales provenientes de la población de su campamento minero, hacia el cauce la quebrada La Cortadera, en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 619,359 mE – 8´262,589 mN; ubicada en el anexo Cuatro Horas, distrito de Chaparra, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, sin contar con la autorización emitida por la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificado en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, “Realizar vertimientos sin autorización”; concordante con el literal d) del artículo 277° del su Reglamento, “Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua (…), sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”; aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Octubre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua