Resolución Administrativa Nro. 00100-2025-ANA-ALA ILAVE
Acreditar la disponibilidad hídrica conforme al detalle siguiente:
Acreditar la disponibilidad hídrica conforme al detalle siguiente:
ACUMULAR los procedimientos administrativos que han generado los recibos N°2019012713 y 2018010662, en un único expediente de ejecución.
Acreditar la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 13560.470 (m³/año) para el desarrollo del proyecto "MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE URBANO EN EL SISTEMA DE SANEAMIENTO BÁSICO DEL BARRIO DE VIRA ALTO DISTRITO DE HUARI DE LA PROVINCIA DE HUARI DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH", por un periodo de dos (02) años.
el desarrollo del proyecto CREACIÓN DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO BÁSICO EN EL CASERIO DE COLLA CHICA DEL CENTRO POBLADO DE CHALLHUAYACO, DISTRITO DE SAN MARCOS - PROVINCIA DE HUARI - DEPARTAMENTO DE ANCASH, por un periodo de dos (02) años.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acreditar la disponibilidad hídrica Superficial para el desarrollo de los Proyectos: “Remodelación de Sistema De Riego”; “Construcción de Reservorio”; “Mejoramiento de Reservorio”; “Rehabilitación del servicio de provisión de agua para riego”, Centro Poblado Jucul, Distrito de Santa Leonor, Provincia de Huaura, Departamento de Lima, por un periodo de dos (02) años.
Acreditar la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 46673.340 (m³/año) para el desarrollo del proyecto MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE RURAL Y MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO U OTRAS FORMAS DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LOCALIDAD QUEROCOTO , LOCALIDAD DE QUEROCOTO DE CENTRO POBLADO QUEROCOTO DISTRITO DE QUEROCOTO DE LA PROVINCIA DE CHOTA DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, por un periodo de dos (02) años
Acreditar la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 7884.000 (m³/año) para el desarrollo del proyecto MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE AGUA POTABLE RURAL Y MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y OTRAS FORMAS DE DISPOSICION SANITARIA DE EXCRETAS EN EL CASERIO DE SANTA ROSA DE WUICHUD, DISTRITO DE CUTERVO, PROVINCIA DE CUTERVO, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, por un periodo de dos (02) años
DENEGAR el pedido de formalización del uso del agua, presentada por el señor Néstor Joaquín Peña.
Acreditar la disponibilidad hídrica, Autorizar las obras de aprovechamiento hídrico y OTORGAR, licencia de uso Agrario de agua superficial a favor de MAXIMILIANO ANTONIO QUISPE CAHUANA.
Designar temporalmente, desde el 28 de abril al 12 de mayo de 2025, al servidor HENRRY JUAN ESPINOZA INGA, en las funciones de Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Autoridad Nacional del Agua, por motivo de descanso vacacional del Secretario Técnico en funciones
RECONOCER A LOS CONSEJOS DIRECTIVOS DE LA COMISION DE USUARIOS DEL SUBSECTOR HIDRAULICO HUACHUY, COMPRENDIDA DENTRO DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR COTAHUASI CLASE A, PERIODOS 2020-2022, 2022-2024 Y 2025.
OTORGAR, licencia de uso Agrario de agua superficial a favor de FIDEL LEONCIO INGA CIERTO.
ARTÍCULO 1º.- Reconocer al Comité de Usuarios Asunción, ubicado en el anexo de San Martin de Huarhua, distrito de San Pedro de Huacarpana, provincia de Chincha у
departamento de Ica, conformado por dieciséis (19) usuarios; precisando que no se ha culminado con la delimitación de sectores y subsectores hidráulicos.
ARTÍCULO 2°.- Reconocer al Primer Consejo Directivo del Comité de Usuarios Asunción, ubicado en el anexo de San Martin de Huarhua, que ha sido elegido para el periodo del 20 de febrero 2025 al 31 de diciembre de 2025, de acuerdo a la prorroga establecida en el DECRETO LEGISLATIVO Nº 1642. Los integrantes que conforman el Consejo Directivo son:
SANCIONAR, al CONSORCIO BARRANCA conformado por las empresas JVC CONSULTORES Y EJECUTORES E.I.R.L., con RUC N° 20567140220; SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES DIAZ E.I.R.L., con RUC N° 20493748018 y ASOCIADOS CONTRATISTAS Y SERVICIOS DEL PERU S.A.C., con RUC N° 20600356764; por construir un pozo de contingencia sin permiso de la Autoridad Nacional del Agua en el acuífero de la intercuenca 49871 en la coordenada WGS 84 (UTM) Zona 18: 327582.4190 E, 9466521.1850 N; infracción prevista en el numeral 3) del artículo 120° de la Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos; concordante al literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2010-AG, para el desarrollo del proyecto “MEJORAMIENTO, AMPLIACION Y EQUIPAMIENTO DE LA I.E DE GESTION PUBLICA CIENCIAS Y HUMANIDADES SAN LORENZO, EN LA LOCALIDAD DE SAN LORENZO, PROVINCIA DE DATEM DEL MARANON - LORETO”, con CUI N° 2320378.
APROBAR, de oficio el Plan Anual de Trabajo Archivístico de la Administración Local de Agua Alto Amazonas de la Autoridad Nacional del Agua para el periodo 2025.
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N°0013-2005-GOB-REG-PIURA-DRA-P-AAP-ATDRMBP, otorgada a favor de MARTINEZ ANTON, ALFONSO CLAUDIO. Cod: 67152. Otorgar LICENCIA de uso de agua Agrícola, Superficial, a favor de: MARTINEZ CHAPILLIQUEN MARGARITA.
DECLARAR, EN ABANDONO, el procedimiento administrativo presentado por JOSÉ MERCEDES LORO RAMÍREZ, sobre extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua superficial por cambio del titular del predio con U.C. 68449, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y, en consecuencia, se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
RECONOCER al Comité de Usuarios Ccotopuquio 1 - Ayrampo, conformado por los usuarios del Subsector hidráulico Alauma-Ichu-Mantaro, que forman parte integrante del Sector hidráulico Menor Vilca-Pallca-Ichu-Mantaro Clase B, ubicado en la Comunidad Campesina de Libertad Ayrampo del distrito de Ahuaycha, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica.
SE RESUELVE:
ARTICULO 1°. - AUTORIZAR la ejecución de obras hidráulicas de aprovechamiento hídrico para utilizar las aguas provenientes del Río Quichas.
ARTICULO 2°.- OTORGAR la Licencia de Uso de Agua Superficial, para uso productivo no consuntivo con fines acuícola, a favor de CORPORACION ALTOS NEVADOS E.I.R.L. con RUC: 20603620659, para el desarrollo de la actividad acuícola de la categoría productivas de Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), proveniente de las aguas del Río Quichas, por un volumen anual estimado de hasta 33,134.69 m3 /año.
RECONOCER a la Organización, Comité de Usuarios “Peña Blanca”, del Sector Hidráulico Llaucano, ubicado políticamente en el caserío Corralpampa – Distrito Hualgayoc, provincia Hualgayoc, departamento de Cajamarca
Artículo 1º.- Acreditar la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 772968.570 (m³/año) para el desarrollo del proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO DE LAS 12 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE LA MERCED - PROVINCIA DE AIJA - DEPARTAMENTO DE ANCASH, por un periodo de dos (02) años.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3954.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DEL CASERIO DE OCUSHUY BAJO"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2877.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DEL CASERIO DE LUCMAPAMPA"
Otorgar, licencia de uso de agua Subterráneo por un volumen hasta 5991.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de “MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DE CAO"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1580.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de “JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) DEL CASERIO IMBALL"
Otorgar permiso de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, para cultivos de corto periodo vegetativo a favor de María Rosa Valdera Sandoval, para el predio sin código catastral, con un área de 1,37 ha, que será utilizado eventualmente en épocas de superávit hídrico con cargo a los excedentes del río Chancay Lambayeque que transitoriamente pudiera presentarse en determinadas épocas del año, a través de la red de riego CD Taymi, L1 Tucume, L2 Huaca de Barro, L3 Farro; predio ubicado en el Bloque de Riego Huaca de Barro- Lagunas -Guanábano, código PCHL-09-B79, ámbito de la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Morrope, Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chancay Lambayeque Clase A, políticamente ubicado en el distrito de Morrope, provincia y departamento de Lambayeque, de acuerdo al siguiente detalle:
DECLARAR improcedente la adecuación estatutaria del “Comité de Usuarios de Agua Anchonga”, ubicado en el distrito de Anchonga, provincia de Angaraes y departamento de Huancavelica, a la Ley Nº 31801 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2024-MIDAGRI, por las razones descritas en la parte del considerando de la presente resolución.
RECONOCER al Comité de Usuarios de Agua Pacchancca Pinco-Accollascca, conformado por los usuarios del Subsector hidráulico Aguatario que forman parte integrante del Sector hidráulico Putaja-Upamayo-Mantaro Clase B, ubicado en el Anexo de Accollascca, distrito de Locroja, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica.
RECONOCER al Comité de Usuarios Chancas Puquio, conformado por los usuarios del Subsector hidráulico Putaja que forman parte integrante del Sector hidráulico Putaja-Upamayo-Mantaro Clase B, ubicado en la Comunidad Campesina de Tres de Mayo de Pantuylla, distrito de Cosme, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica.
APROBAR E INCORPORAR el acuerdo de adecuación estatutaria del “Comité de Usuarios de Agua Hierbabuenayocc-Libertad-Marcas”, ubicado en el distrito de Marcas, provincia de Acobamba y departamento de Huancavelica, a la Ley Nº 31801 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2024-MIDAGRI.
APROBAR E INCORPORAR el acuerdo de adecuación estatutaria del “Comité de Usuarios de Agua Inyaccocha-Yerbabuenayocc-Libertad-Marcas”, ubicado en el distrito de Marcas, provincia de Acobamba y departamento de Huancavelica, a la Ley Nº 31801 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2024-MIDAGRI
Reconocer, al Comité de Usuarios del Pozo IRHS N° 4 Jorge Maza, conformado por los usuarios que captan el agua subterránea proveniente del Pozo IRHS N° 4 Jorge Maza, ubicada políticamente en el Caserío Huápalas, Distrito Chulucanas, Provincia de Morropón, Departamento de Piura.
Reconocer, al Comité de Usuarios del Pozo IRHS N°322 El Salitre, conformado por los usuarios que captan el agua subterránea proveniente del Pozo IRHS N° 322 El Salitre, ubicada políticamente en el Caserío Yapatera, Distrito Chulucanas, Provincia de Morropón, Departamento de Piura.
Reconocer, al Comité de Usuarios Previo El Tuno, conformado por los usuarios que captan el agua Subterránea del acuífero Alto Piura, a través del Pozo con IRHS 390, ubicada políticamente en el sector Cruz Pampa Yapatera, Distrito de Chulucanas, Provincia de Morropón, Departamento de Piura.
Reconocer, al Comité de Usuarios del Canal El Ciruelo, conformado por los usuarios que captan el agua Superficial del Rio Chalaco, ubicada políticamente en el sector Culebreros, Distrito Santa Catalina de Mossa, Provincia de Morropón, Departamento de Piura.
Reconocer, al Comité de Usuarios de Agua del Canal La Loma, conformado por los usuarios que captan el agua Superficial de la quebrada La Laja, ubicada políticamente en el sector Culebreros, Distrito Santa Catalina de Mossa, Provincia de Morropón, Departamento de Piura.
Reconocer, al Comité de Usuarios de Agua del Canal El Totoral, conformado por los usuarios que captan el agua Superficial del Rio Chalaco, ubicada políticamente en el sector Culebreros, Distrito Santa Catalina de Mossa, Provincia de Morropón, Departamento de Piura.
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria del Comité de Usuarios de Agua del Canal Montenegro, a la Ley N° 31801.
Declarar improcedente la solicitud presentada por AGUA KING S.A.C, sobre acreditación de disponibilidad hídrica subterránea, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para fines agrarios, a favor de Isaías Diaz Cabanillas, identificado con DNI N° 26634140, proveniente de la quebrada La Dormida, ubicado en las coordenadas UTM WGS 84 (Zona 17 Sur): 749 181 E – 9 220 617 N, cota 3 262 m.s.n.m, para ser utilizada en un predio agrícola sin U.C denominado Las Vizcachas de 2.1000 ha bajo riego, con centroide en las coordenadas UTM WGS 84 (Zona 17 Sur): 749 203 E – 9 220 825 N, ubicado en el sector Santa Elvira, caserío Maraypampa, distrito de Tumbaden, provincia de San Pablo, departamento Cajamarca
SANCIONAR administrativamente a CONCESIONARIA TRASVASE OLMOS S.A. identificada con RUC N° 20509093521, con multa de 13.53 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de pago, por infracción en materia de recursos hídricos, consistente en obstruir los bienes asociados del río Huancabamba y Chamaya, infracción tipificada en el numeral “5” del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, concordante con el literal o) del artículo 277° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, infracción calificada como muy grave, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
MODIFICAR POR ACTUALIZACIÓN DE DATOS la Licencia de Uso de Agua Superficial para uso Poblacional otorgada mediante Resolución Directoral N° 684-2020-ANA-AAA.M, a favor de la JASS DE LA ORGANIZACIÓN COMUNAL DE MITOPAMBA, incluyendo la nueva fuente de agua, manantial “El Quishuar”, por un volumen total anual de 30 905,28 m3, equivalente a un caudal de 0,98 l/s.
OTORGAR Acreditación de Disponibilidad Hidrica Superficial para uso Productivo, tipo Agrario - Agrícola, por un volumen anual de hasta 21 710,59 m3, equivalente a un caudal de hasta 1,63 l/s(agosto), considerando un área bajo riego de 2,00 ha., proveniente del manantial “Laguna Papacuay”, para el desarrollo del proyecto denominado “SISTEMA DE RIEGO TECNIFICADO EN EL SECTOR PAPACUAY- CENTRO POBLADO LA CHORRERA - DISTRITO SOROCHUCO - PROVINCIA CELENDÍN -REGIÓN CAJAMARCA"', solicitado por la LASTENIA CHÁVEZ RODRÍGUEZ DE MARCHENA en representación propia y de seis usuarios más.
EXTINGUIR POR LA CAUSAL DE RENUNCIA DEL TITULAR, la Licencia de Uso de Agua Subterránea para uso Poblacional - Industrial otorgada mediante Resolución Administrativa N° 018-2001-CTAR-CAJ/DRA-ATRDRC, solicitada por MINERA YANACOCHA S.R.L., por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dejándola sin efecto legal.
OTORGAR, a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FLORIDA con RUC N° 20165784287, Autorización de Ejecución de Obra en Bien Natural Asociado al Agua, para el desarrollo del proyecto de inversión pública con CUI N° 2641323 denominado “RENOVACIÓN DE PUENTE; EN EL (LA) CAMINO VECINAL EMP. PE-5N (DV. CRUCE PORVENIR) - C.P. EL PORVENIR (PUENTE PORVENIR) DISTRITO DE FLORIDA, PROVINCIA BONGARÁ, DEPARTAMENTO AMAZONAS”.
OTORGAR, a favor de la UNIDAD EJECUTORA “FONDO SIERRA AZUL” con RUC N° 20600943996, Autorización de Ejecución de Obra en Bien Natural Asociado al Agua, comprendidas en el desarrollo del expediente técnico denominado “CONSTRUCCIÓN DE CAPTACIÓN DE AGUA; EN EL (LA) RECARGA HÍDRICA PARA LA UNIDAD PRODUCTORA SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN LA CUENCA DEL MALCAMACHAY, DISTRITO DE MARCABAL, PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN DEPARTAMENTO LA LIBERTAD’' con CUI N° 2650681.
OTORGAR, a favor de la UNIDAD EJECUTORA “FONDO SIERRA AZUL” con RUC N° 20600943996, Autorización de Ejecución de Obra en Bien Natural Asociado al Agua, comprendidas en el desarrollo del expediente técnico denominado “CONSTRUCCIÓN DE CAPTACIÓN DE AGUA; EN EL (LA) RECARGA HÍDRICA PARA LA UNIDAD PRODUCTORA SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DEL ANEXO DE BUENOS AIRES, DISTRITO DE HUANCASPATA, PROVINCIA DE PATAZ, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD” con CUI N° 2650685.
DESESTIMAR la solicitud de rectificación de error de tipo material incurrido en la Resolución Directoral N° 0074-2023-ANA-AAA.CHCH, de fecha 07.02.2023, presentada por el señor Nicolás Lucio Yauri Poma, identificado con DNI N° 21547399; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración, interpuesto por la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco S.A. – EMAPISCO S.A., con RUC N° 20162483715, interpuesto contra la Resolución Directoral N° 0312-2025-ANA-AAA.CHCH su fecha 21.03.2025. Por tanto, CONFIRMAR la recurrida en todos sus extremos, de acuerdo con lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de San Cristóbal, con RUC N° 20230590029 con una multa equivalente a TRES PUNTO CERO (3.0) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa por realizar el vertimiento de aguas residuales provenientes de la población del distrito de San Cristóbal, a través del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales Municipales, ubicada en el distrito de San Cristóbal, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, hacia el cauce de la quebrada Accapa, margen derecha en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 583,820 mE – 8´369,690 mN; sin contar con la autorización emitida por la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificado en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, “Realizar vertimientos sin autorización”; concordante con el literal d) del artículo 277° del su Reglamento, “Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua (…), sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”; aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.