RD Nº 0909-2020-ANA-AAA I CO
No Ha Lugar la solicitud formulada por José Chino Aro en representación de la Asociación Agropecuaria Industrial Las Palmeras II, por las razones expuestas precedentemente
No Ha Lugar la solicitud formulada por José Chino Aro en representación de la Asociación Agropecuaria Industrial Las Palmeras II, por las razones expuestas precedentemente
Establecer la Responsabilidad de Pedro Francisco Vilca Núñez e imponerle sanción de multa ascendente a 1 UIT por "Ejecutar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua"
Corregir el error material contenido en el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 1725-2019-ANA-AAA I CO; en relación a las coordenadas Datum WGS zona 18 Sur correspondiente a la fuente natural río Colca; debiendo mantener en todos los demás aspectos la resolución, en virtud a los fundamentos glosados en la presente
Rectificar el cuadro de ubicación de estructuras a intervenir contenido en el considerando sexto de la Resolución Directoral Nº 1712-2019-ANA-AAA CO
Autorizar a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL Unidad Zonal Arequipa, ejecución de obras mínimas para la instalación de gaviones en puente Pesacadores en el cauce del río Pescadores - Caravelí, ubicado en el distrito de Ocoña Provincia de Camana, departamento de Arequipa
Modificar el artículo segundo de la Resolución Directoral N° 115-2020-ANA-AAA .CO, estableciéndose para la ejecución de obras mínimas y la instalación de tres instrumentos de medición un plazo de 24 meses desde el otorgamiento de la buena pro de la Licitación Pública Internacional N° 001-2020-ANA-PGIRH-BM, conforme a lo solicitado por la UE 002 Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos
DESESTIMAR la solicitud de Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial, presentada por el señor Raúl Jaime Jurado Gómez, identificado con DNI No 28821214, respecto a los Manantiales Sauce, Aguada 1, Aguada 2, Aguada 3, Aguada 4, Aguada 5, Aguada 6 y Rinconada, para irrigar el predio denominada Uchpacancha, ubicado en el sector Uchpacancha, distrito de Laramate, provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
RECTIFICAR, de oficio el error material contenido en la Resolución Directoral N°562-2018-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 12.03.2018, específicamente en el Artículo 1o de la parte resolutiva, en lo que respecta al volumen total otorgado, donde se consigna que el volumen autorizado es de 449,950.46 m3, por el plazo de dos (02) años, haciendo un total de 889,900.92 m3/año, siendo lo correcto 1,010.88 m3, por el plazo de dos (02) años, lo que hace un total de 2,021.76 m3.
RENOVAR la Autorización de Reúsos de Aguas Residuales Domésticas Tratadas procedentes de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Domesticas PTARD Marca Agua Clear Modelo PMH – 650, otorgada a la empresa TECHINT S.A.C. con RUC No 20433763221, representada por su apoderado Marcelo Duarte Dos Santos, identificado con C.E No 001377457, por un plazo de Cuatro (04) años computados a partir del vencimiento del plazo otorgado en la renovación efectuada mediante Resolución Directoral No 366-2014-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 08.08.2014, en los mismos términos y condiciones detallados en la Resolución Directoral No 147-2012-ANA-AAA-CH.CH, por un caudal de 0.115 l/s, equivalente a un volumen de 3650 m3, para fines de vías de acceso para el control de polvo, empleando camiones cisterna, a través de una tubería tipo flauta de 3” de diámetro y un alcance de 12 m, con una frecuencia de tres (03) veces al día.
DESESTIMAR la solicitud de Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Subterránea con fines agrícolas del Pozo IRHS-725, reemplazado por el pozo IRHS-1148, ubicado en el fundo “Valerie”, sector Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica presentada por la empresa Agrícola Andrea S.A.C., con RUC No 20505688903, representada por su Apoderado Legal Cesar Alberto Nieves Cheng, identificado con DNI No 08198587, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
AUTORIZAR a la empresa Agrícola Carmen Luisa S.A.C., con RUC No 20452634873, representada por su Gerente General señor Falcone Ríos Eduardo José Luciano, identificado con DNI No 21795966, la perforación de un pozo tubular con fines agrícolas en reemplazo del pozo tubular IRHS-11-01-11-348, el mismo que se sellara una vez concluida la perforación del pozo de reemplazo, cuya fuente de agua corresponde al acuífero Ica, el punto de perforación proyectado se ubica en los alrededores del SEV 04, en el punto de las coordenadas UTM (WGS-84): 426,436 mE - 8'417,627 mN, en el sector Agua de Palos, distrito de Santiago, provincia y departamento de lca, recurso hídrico destinado para el riego en forma conjunta con otros pozos del fundo de la empresa con un área de 214 ha.
Desestimar por extemporánea la solicitud de prórroga de plazo de la Acreditación de Disponibilidad Hídrica, otorgada mediante la Resolución Directoral Nº 1168-2017-ANNAAA.Xl.PA., de fecha 29 de noviembre del 2017, modificada por la Resolución Directoral N° 350-2018-ANNAAA.PA., de fecha 04 de junio del 2018, solicitada por la COMUNIDAD CAMPESINA SACHABAMBA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
AMONESTAR mediante la presente resolución a la señora Filomena Palomino de Casimiro, identificada con DNI No 30492736; por utilizar el agua subterránea con fines agrarios, respecto del pozo S/C, situado en el punto de las coordenadas: UTM (WGS 84) 575,522 mE - 8'254,860 mN del predio denominado “Las Casuarinas” ubicado en el distrito de Atiquipa, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, sin el correspondiente derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 120o de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal “a” del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, proveniente de las quebradas Fausipata - (Captación Ccayarani) y Lloge, para el proyecto denominado "CREACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN LA COMUNIDAD DE CHONTAHUILLQUE, DISTRITO DE CHALLHUAHUACHO, PROVINCIA DE COTABAMBAS , DEPARTAMENTO DE APURÍMAC", a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALLHUAHUACHO, de la provincia de Cotabambas, de la región Apurímac,
AUTORIZAR a la empresa minera NEXA RESOURCES PERU S.A.A; con RUC No 20100110513, el Uso de Agua Superficial con fines de Exploración Minera, proveniente del rio Chilquis, específicamente de los puntos de captación PC-01 situado en el punto de las coordenadas: UTM (WGS 84) 613,169 mE - 8'378,389 mN y PC-02 situado en el punto de las coordenadas: UTM (WGS 84) 612,718 mE - 8'377,772 mN, y en el PC-03 situado en el punto de las coordenadas: UTM (WGS 84) 612,590 mE - 8'377,141 mN, distrito de Puquio, provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho, para desarrollar el proyecto denominado “Mónica Lourdes”.
Prorrogar, por única vez, la Disponibilidad Hídrica acreditada mediante Resolución Di rectoral Nº 1027-2018-ANA-AAA . PA de fecha 06 de setiembre del 2018, de la quebrada Huarcconcca, y de los manantiales Soccas 1, Soccas 2, Soccas Difuso y Ccarhuancho , para el proyecto denominado "Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua para riego en los sectores de Tincoqmayo, Acco, Ccarhuancho y Manzanayoc, distrito de Curasco, provincia de Grau - Apurímac" , solicitada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURASCO, de la provincia de Grau, región Apurímac, al subsistir las mismas condiciones en que fue otorgada.
DESESTIMAR la solicitud de Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial, promovida por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Nasca – Clase B, a favor del señor Antonio Huamani Blas, identificado con DNI N° 22100444, para el predio con U.C N° 81334, ubicado en el sector Llicuas, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, proveniente del manantial Ccocharara , para el proyecto denominado "Instalación del sistema de riego en la Comunidad de Ccocharara del distrito de Haquira , provincia de Cotabambas - Apurímac " , solicitado por Don PRUDENCIO FEDERICO VALDIVIA CONDORI a favor de la Municipalidad Distrital de Haquira , de la provincia de Cotabambas , región Apurímac
SANCIONAR a la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Palpa – Clase B con RUC N° 20202527231, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de pago, por el incumplimiento en la implementación de las recomendaciones de los hallazgos encontrados en la acción de supervisión correspondiente al tercer trimestre, contenidas en el Informe Técnico N° 081-2019-ANA-AAA-CH.CH-ALA.GRANDE/EMBV, hechos que contribuyen infracción de acuerdo al Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua, Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, artículo 111o literal e) No entregar la información o documentos requeridos por la Autoridad Nacional del Agua, dentro del plazo otorgado y literal j) Incumplir con implementar o ejecutar las disposiciones, medidas y recomendaciones formuladas por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Prorrogar, por única vez, la Disponibilidad Hídrica acreditada mediante Resolución Directoral Nº 1147-2018-ANA-AAA.PA de fecha 28 de setiembre del 2018, del manantial Tinto Huaccachina, para el proyecto denominado "Instalación del sistema de riego presurizado en la Comunidad de Tacmara sectores de Cruzpata y Puente Pasaje del distrito de Pacobamba - Andahuaylas - Apurímac", solicitada por la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO TACMARA, del distrito de Pacobamba, de la provincia de Andahuaylas, región Apurímac, al subsistir las mismas condiciones en que fue otorgada.
MODIFICAR la Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines agrarios, otorgada al señor Héctor Manuel Cotito Monserrate, mediante Resolución administrativa N° 017-2005-GORE-DRAG-ATDRCH.P, de fecha 11.02.2005, para irrigar el predio de U.C N° 10670, con un área bajo riego de 5.2320 ha y un volumen máximo de agua de 30,488.00 m3/año, ubicado en el sector San Regis, distrito de El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, a favor de la señora Yolanda Felicia Torriani del Castillo, identificada con DNI N° 09147775, la señora Malena Müller, identificada con C.E. N° 001379521 y la señora Tamara Müller Herbon, identificada con DNI N° 48833300, quienes han acreditado la titularidad del predio inscrito en la Partida Registral N° 40005936, denominado “Parcela 56” con U.C N° 10670, con un área total y bajo riego de 5.00 ha.
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, proveniente de la Laguna Qomeray , para el proyecto denominado " Ampliación del Sistema de Riego Tecnificado Primera Etapa a nivel del distrito de Pomacocha , provincia de Andahuaylas - Apurímac " , solicitada por la MUNICIPALIDAD D I STRITAL DE POMACOCHA , de la provincia de Andahuay las, departamento de Apurímac,
Declarar Improcedente el Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor Juan Lelio La Torre Saravia, contra la Resolución Directoral Nº 382-2020-ANA-AAA . PA , de fecha 26 de agosto del 2020 , por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución .
Rectificar el error material contenido en la Resolución Directoral Nº 162-2020-ANA-AAA . PA., de fecha 10 de marzo del 2020, en el extremo que se consignó erróneamente el nombre de las fuentes de agua , Manantial Pataccocha 01 y Manantial Pataccocha, debiendo ser lo correcto: Manantial Patoccocha 01 y Manantial Patoccocha 02.
Declarar el abandono del procedimiento administrativo de acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, solicitada por MUNICIPALIDAD DISTRITAL EL PORVENIR , de la provincia Chincheros, de la región de Apurímac, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion
CUT N°: 68632-2019.
IMPUGNANTE: lrrigación Agroindustrial Valle Encantado.
ÓRGANO: ALA Chili.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la asociación lrrigación Agroindustrial Valle Encantado contra la Resolución Administrativa N° 0322-2019-ANA-AAA-CO-ALA-CH, por haberse desvirtuado el argumento del recurso impugnatorio.
MATERIA: Permiso de Uso de Agua.
SUB MATERIA: Aguas de retorno, drenaje o filtraciones
MARCO NORMATIVO: Tribunal Constitucional en la STC N° 01147-2012-PA/TC
SENTIDO: Infundado
Modificar la licencia de uso de agua con fines Poblacionales otorgada a la ASOCIACION DE USUARIOS DE AGUA POTABLE PALTACC mediante la Resolución Administrativa Nº 214-2009-ANA-ALA/AND, de fecha 15 de setiembre del 2009
CUT N°: 208013- 2019.
IMPUGNANTE: María Encarnación Pinazo Bella.
ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelaci6n interpuesto por la señora María Encarnación Pinazo Bella contra la Resolución Directoral N° 1289-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que se ha desvirtuado el argumento de la impugnante.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUB MATERIA: Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua
MARCO NORMATIVO: numeral 79.1 del articulo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos
SENTIDO: Infundado
ACREDITAR la disponibilidad hídrica con fines poblacionales, proveniente de los manantiales Orccopuquio y Marjupuquio, para el proyecto denominado "CREACION DE LOS SERVICIOS DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE EN LA ASOCIACION DE HIJOS DE MARHUAPUQUIO, DISTRITO DE CHAPIMARCA, PROVINCIA DE AYMARAES- APURIMAC", solicitada por la ASOCIACIÓN DE HIJOS DE MARJUPUQUIO, del distrito de Chapimarca, de la provincia de Aymaraes, de la región Apurímac,
CUT N°: 23736- 2020.
IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz.
ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación contra la Resolución Directoral N° 012-2020-ANA-AAA.JZ-V, por haberse desvirtuado el argumento de la impugnante y encontrarse acreditada la infracción tipificada en el literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUB MATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.
MARCO NORMATIVO: numeral 3 del articulo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Infundado
Otorgar , Licencia de Uso de Agua superficial con fines Piscícolas , a favor del Señor JULIÁN OCHOA AYSA, para aprovechar un volumen de agua anual de hasta 315,360.00 m3 /año , proveniente de la quebrada ltañamayo , para a crianza de truchas en dos pozas rusticas, con medidas de 10x5 y 12x6 metros, ambas con dos (02) metros de profundidad,
CUT N°: 35517-2020.
IMPUGNANTE: Jaime Gutiérrez Sifuentes.
ÓRGANO: ALA Moche-Virú-Chao.
SUMILLA: Se confirma la Resolución Administrativa Nº 034-2020-ANA-AAA,HCH-ALA.MVCHAO, a través de la cual se declaró improcedente el recurso de reconsideración formulado por el señor Jaime Gutiérrez Sifuentes, debido a que sobre el pronunciamiento contenido en la Resolución Administrativa Nº 017-2020-ANA-AAA.HCH.MVCHAO no procede cuestionamiento alguno en vía recursiva.
MATERIA: Organizaciones de Usuarios de Agua.
SUB MATERIA: Padron Electoral
MARCO NORMATIVO: articulo 2° del Decreto Supremo N° 003-2017-MINAGRI
SENTIDO: Confirmar
ACREDITAR la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios , proveniente de los riachuelos Yurac Mayo 01, Yurac Mayo 02 y, Yurac Mayo 03; así como también del manantial Japucucho, para el proyecto denominado "CREACION DEL SISTEMA DE RIEGO DE LA COMUNIDAD DE PUCHI MARCALLAC, DISTRITO DE HAQUIRA, PROVINCIA DE COTABAMBAS -APURIMAC", solicitada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HAQUIRA, de la provincia de Cotabambas, de la región Apurímac,
CUT N°: 236724-2019.
IMPUGNANTE: Lavandería Enciso S.A.C.
ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.
SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Lavandería Enciso S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 1435-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, y en consecuencia, se modifica el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1075-2019- ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, mediante el cual se le sancionó con una multa de 4 UIT, por haber incurrido en la infracción prevista en el numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal a) del artículo 277° de su Reglamento, reformulándose el monto de la multa impuesta a 2 UIT.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización
MARCO NORMATIVO: Tribunal Constitucional en el fundamento 7 de la sentencia recaida en el
Expediente N° 00728-2008-PHC/TC Exp. N. 05601-2006-PA/TC
SENTIDO: Fundado
DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento Administrativo signado con CUT Nº 254096-2019 , sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica, para el proyecto "MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO EN LAS LOCALIDADES DE PALTACC, CCOLLO, CCAPACCALLA, CCOMPICANCHA, LOS ANGELES Y HUAYAO , DEL DISTRITO DE ANDAHUAYLAS, PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS - APURIMAC ", solicitada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANDAHUAYLAS , de la región Apurímac ; en consecuencia , declarar concluido el procedimiento sin expresión de fondo, por las razones indicadas en la parte considerativa de la presente resolución.
CUT N°: 45964-2017.
IMPUGNANTE: Verónica Simpson González.
ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto par la señora Verónica Simpson González contra la resolución denegatoria ficta de su solicitud de regularización de licencia de uso de agua subterránea, debido a que no cumplió con acreditar los requisitos establecidos en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento para el otorgamiento del derecho de uso de agua solicitado.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua
SUB MATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua Subterránea.
MARCO NORMATIVO: articulo 54 ° de la Ley de Recurses Hidricos y numeral 84.1 del articulo 84 ° de su Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado
DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento Administrativo signado con CUT Nº 122860-2019 , sobre Mod i ficación de la Licencia de Uso de Agua, para el proyecto " MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DEL CANAL DE CONDUCCION PUCACCACCA Y LOS CANALES DE DISTRIBUCION MARGEN DERECHA E IZQUIERDA DEL CENTRO POBLADO DE POMABAMBA- DISTRITO DE MARIA PARADO DE BELLIDO - PROVINCIA DE CANGALLO-REGION AYACUCHO", solicitado por la COMISIÓN DE USUARIOS DE AGUA POMABAMBA, del distrito de María Parado de Bellido, de la provincia de Cangalla , de la región Ayacucho ; en consecuencia, declarar concluido el procedimiento sin expresión de fondo, por las razones indicadas en la parte considerativa de la presente resolución.
CUT N°: 27552-2020.
IMPUGNANTE : Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C.
ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 041-2020-ANA-AAA-CH, por haberse acreditado la infracción imputada.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización
MARCO NORMATIVO: numeral 1.9 del artículo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Infundado
Declarar Improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica superficial, efectuada por el PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR – ZONAL ANDAHUAYLAS signada con CUT Nº 58874-2020, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Rectificar el error material incurrido en el artículo 2º de la Resolución Administrativa Nº 027-2008-AG-INRENA/ATDRCH-L, de fecha 24 de enero del 2008, específicamente el número de documento nacional de identidad consignado en el cuadro detalle, debiendo quedar redactado como sigue:
Extinguir la licencia de uso de agua superficial, Resolución Administrativa N° 0115-2006 GOB-REG-PIURA-DRA-P-AAP-ATDRMBP, otorgada a favor de Chapilliquen Antón, Absalón, Cod: 66762. Otorgar licencia de uso de agua agrario superficial, a favor de: Lorenzo Sánchez Córdova y Anatolia Ruiz de Sánchez
Reconocer administrativamente al primer Consejo Directivo del Comite de Usuarios el Lajon reconocido en el aticulo precedente por el periodo 20119-2020 y con eficacia anticipada a partir del 18 de junio del 2019 y concluira el 31 de diciembre del 2020..
Extinguir el permiso de uso de agua superficial Resolucion Administrativa N° 178-2018-ANA-AAA-HCH-ALA CHICAMA, de fecha 15/05/2018 , otorgada a favor de Bermejo Arriaga Bertha Isabel, respecto a la unidad operativa Cod. 05607 Mocan.y otorga permiso de uso de agua Agrario , superficial a favor de Bermejo Arriaga Nilton Cesar.
Extinguir el permiso de uso de agua superficial rseolucion administrativa N° 0084.2017-ANA-AAA-HCH-ALA CHICAMA , Otorgada a favor de Leon Aponte Mortiner Onecimo, respecto a la unidad Cod. 34032 san Jose Alto y otorga permiso de uso de agua superficial a favor de Sanchez Diaz Maria Julia.
ACREDITAR la Disponibilidad Hìdrica de agua Subterrànea con uso Productivo - Industrial, proveniente de dos pozos tubulares ubicado en el sector de Pomayarios, Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; AUTORIZAR la ejecuciòn de Obra de Aprovechamiento Hìdrico, con eficacia anticipada, de alumbramiento de agua subterrànea; y OTORGAR en vìas de Regularizaciòn: Licencia de uso de agua Subterrànea, a favor de la Empresa Palmas del Shanusi S.A.
ACREDITAR la Disponibilidad Hìdrica de Agua Superficial para Uso Productivo Agrario - Agrìcola, proveniente de Rio Saposoa, ubicado en el Sector San Regis, distrito de Saposoa, provincia de Huallaga, departamento de San Martin; AUTORIZAR, con eficacia anticipada la Ejecuciòn de Obras de Aprovechamiento Hìdrico del rìo Saposoa; y OTORGAR, Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Productivo Agrario - Agrìcola, a favor del administrado Gregorio Alvarado Seijas.
AUTORIZAR al CONSORCIO CONSTRUCTOR MORALES, la Ejecuciòn de Obra Mìnima en Fuente Natural de Agua, para el desarrollo del proyecto "Descolmataciòn y encauzamiento del rìo Cumbaza en el sector Metobado, distrito de Morales, provincia y departamento de San Martìn".
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el señor Reynaldo Saboya Torrejon, sobre Acreditaciòn de Disponibilidad Hìdrica Superficial, por no haber subsanado la observaciòn contenida en la Carta Nº 047-2020-ANA/AAA.HUALLAGA-D.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Productivo - Recreativo, a favor de la administrada Sofìa Sabino Alania, para aprovechar un volumen de hasta 11 242,95 m3 / año, proveniente de la quebrada La Tortuga.
APROBAR la delimitaciòn de faja marginal en ambas màrgenes de la quebrada Seca San Cristòbal, distrito de Amarilis, provincia de Huànuco, departamento de Huànuco, presentada por el administrado Ambrosio Lorenzo Garcìa Mercurio, quien interviene en calidad de presidente del AA.HH. Cerro San Cristòbal.