IMPONER a la señora Estefa Hortensia Cano Coacalla, identificado con DNI. N° 02362344, con domicilio en el Jr. Benigno Ballón N° 870, Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y Región de Puno, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), conforme al artículo 279.2° del Decreto Supremo N° 01-2010- AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto, en el artículo
277° literal f) “Ocupar sin autorización las fajas marginales de las aguas”, del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por D.S N° 001-2010-AG. La misma que debe ser cancelada por la infractora en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Juliaca, dentro del tercer día de efectuado el mismo.