Aceptar, el DESISTIMIENTO solicitado por el señor Facundo Quenta Oxacopa, Presidente del Comité de Usuarios de Agua Vilachave Central, con solicitud de fecha 30.09.2025.
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria del Comité de Usuarios de Agua Amapata-Pucuchinche, a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI a mérito de lo cual queda denominada como: Comité de Usuarios de Agua Amapata-Pucuchinche.
Autorizar en vías de regularización, la ejecución de Obras Mínimas en fuentes naturales de agua, a favor de la Municipalidad Distrital de Vilque, con RUC N° 20198473147, para ejecutar la actividad denominada “Limpieza y Descolmatación del Rio Vilque en el Sector Nuevo Amanecer Señor de los Milagros del Distrito de Vilque, Provincia y Departamento de Puno”, y según las características detalladas en el Informe Técnico Nº 0154-2025-ANA-AAA.TIT-ALA.JULIACA/FAPG, según el siguiente Cuadro:
Acreditar la disponibilidad hídrica, Autorizar las obras de aprovechamiento hídrico y OTORGAR,licencia de uso Agrario de agua subterráneo a favor de CRISPULO GERMAN CALLE ROJAS.
Actualizar, la denominación social del titular del derecho de uso de agua, específicamente los artículos 2° y 3° de la Resolución Directoral N° 570-2017-ANA-AAA.TIT, del 31.10.2017, quedando en lo sucesivo como sigue:
Declarar IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por el señor Zenobio Calloapaza Calloapaza, con DNI N° 01555405, en calidad de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Achaya, sobre Autorización de Ejecución de obras en los bienes naturales asociados al agua, para el proyecto denominado “Reforzamiento de dique en el margen derecho del rio Azángaro – Pucara de las Comunidades Chiquillano – Collana – Huayrapata del Distrito de Achaya, Provincia de Azángaro, Departamento de Puno”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Rectificar, con efecto retroactivo, el error material, contenido en la Resolución Directoral N° 0261-2025-ANA-AAA.TIT, de fecha 12.06.2025, en relación a aspectos técnicos como numero de informe técnico, denominación del bloque de riego, área bajo riego, coordenadas de la fuente, nombre de la fuente, entre otros que no corresponden, quedando como sigue:
Acreditar la disponibilidad hídrica, Autorizar las obras de aprovechamiento hídrico y OTORGAR,licencia de uso Agrario de agua subterráneo a favor de ALCIBIADES YRUPAILLA FALCON.
Autorizar, en vías de regularización, la Ejecución de Obras Mínimas, “REFORZAMIENTO DE DIQUE EN AMBOS MARGENES DEL RIO VILQUE EN EL C.P. MACHACMARCA DEL DISTRITO DE VILQUE, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE PUNO”, según las carteristas técnicas contenidas en la memoria descriptiva, y; el Informe Técnico N° 0155-2025-ANA-AAA.TIT-ALA.JULIACA/FAPG, que forman parte de la resolución, tuvo una duración de 11 días calendarios (03.07.2025 al 13.07.2025), a favor de la Municipalidad Distrital de Vilque, ejecutadas por el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (Programa Nacional Nuestras Ciudades) en convenio con la Municipalidad Distrital de Vilque, siendo como sigue: