Sancionar, administrativamente a la Inmobiliaria Muñoz E.I.R.L con RUC 20609395916, por construir un muelle y pérgola sobre el cuerpo de agua del humedal El Paraíso hecho a base de madera y caña guayaquil, teniendo 20 m de largo, aproximadamente, 7 metros de ancho y 3 metros aproximadamente de altura, sin la autorización de Autoridad Nacional del Agua, infringiendo el numeral 13 del artículo 120° de la Ley 29338 - Ley de Recursos Hídricos, así como en el inciso b) del artículo 277° de su Reglamento, imponiéndose una multa ascendente a dos coma cinco (2,5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha de pago, que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174 correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitir a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo Boucher de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firma la presente resolución.