SANCIONAR, al CONSORCIO BARRANCA conformado por las empresas JVC CONSULTORES Y EJECUTORES E.I.R.L., con RUC N° 20567140220; SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES DIAZ E.I.R.L., con RUC N° 20493748018 y ASOCIADOS CONTRATISTAS Y SERVICIOS DEL PERU S.A.C., con RUC N° 20600356764; por construir un pozo de contingencia sin permiso de la Autoridad Nacional del Agua en el acuífero de la intercuenca 49871 en la coordenada WGS 84 (UTM) Zona 18: 327582.4190 E, 9466521.1850 N; infracción prevista en el numeral 3) del artículo 120° de la Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos; concordante al literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2010-AG, para el desarrollo del proyecto “MEJORAMIENTO, AMPLIACION Y EQUIPAMIENTO DE LA I.E DE GESTION PUBLICA CIENCIAS Y HUMANIDADES SAN LORENZO, EN LA LOCALIDAD DE SAN LORENZO, PROVINCIA DE DATEM DEL MARANON - LORETO”, con CUI N° 2320378.