RESOLUCION DIRECTORAL N° 0665-2025-ANA-AAA.CF
Resumen
Sancionar, administrativamente a Nicanor Gómez Calderón con DNI 06837740, por ejecutar obras sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua en la margen izquierda del río Lurín, infringiendo el numeral 3) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos «La ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua», concordante con el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos «Construir (…) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a ésta (…)», imponiéndose una multa ascendente a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha de pago, que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174 correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitir a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo Boucher de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firma la presente resolución.