Declarar, la Caducidad del Procedimiento Administrativo Sancionador, seguido contra el Señor MARLO GÓMEZ LEÓN, por Obstruir y ocupar el cauce del riachuelo Nucayhuaycco, conducta tipificada en numeral 5) y 6) del Artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con los literales o) y f) del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 023-2014- MINAGRI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, disponiéndose su archivamiento definitivo.