CUT: 213064-2023.
SOLICITANTE: María Pio Tocasque Aponte.
ÓRGANO: ALA Mala-Omas-Cañete.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.
SUMILLA: La constancia de posesión de una comunidad campesina, respecto de un área de su terreno comunal, se entiende que constituye un acto de cesión de posesión legítima, por lo que procede la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia.
MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.2 y 23.3 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.
SENTIDO: No haber mérito.