CUT: 84523-2025.
IMPUGNANTE: Carlos Antonio Bances Ferroñan.
ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Afectar o impedir el ejercicio de un derecho de uso de agua.
SUMILLA: Declarada la caducidad de un procedimiento administrativo sancionador, el órgano instructor puede iniciar uno nuevo sustentado en las actuaciones y medios probatorios del procedimiento caduco, siempre que no haya operado la prescripción de la facultad sancionadora de la Autoridad.
MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal n) del artículo 277° del Reglamento de referida Ley y numeral 5 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Infundado.
Sanción: 2.1 UIT - Grave.