IMPONER, al GOBIERNO REGIONAL DE PUNO, con RUC N° 20406325815, representado por el Gobernador Regional, el señor Richard Hancco Soncco, con domicilio en el Jr. Deustua N° 356 (Plaza de Armas), Puno, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a CINCUENTA PUNTO CERO (50.00) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), conforme al artículo 279° numeral 279.3° del Decreto Supremo N° 01-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, artículo 120° numeral 10) de la Ley N° 29338, arrojar residuos sólidos en cauce de agua natural y; el D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, artículo 277° literal e) arrojar residuos sólidos en cauce de agua natural. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANAMULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Juliaca, dentro del tercer día de efectuado el mismo.