CUT: 79178-2025.
IMPUGNANTE: Jorge Eduardo Contreras Leiva.
ÓRGANO: ALA Alto Huallaga.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.
SUMILLA: No procede la extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua en favor exclusivo de un solo integrante de la sucesión intestada, porque la transmisión hereditaria se produce en favor de todos los sucesores, no de uno o algunos de ellos.
MARCO NORMATIVO: Artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y Numeral 23.1 y 23.2 del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”, artículo 660º del Código Civi.
SENTIDO: Infundado.