R.D. Nº064-2015-ANA-DGCRH
Resumen
Declarar improcedente la solicitud de autorización de vertimiento de aguas residuales domésticas por reinyección al pozo PIR 05D provenientes del campo La Piraña del Lote 67 presentada por PERENCO PERÚ PETROLEUM LIMITED SUCURSAL DEL PERÚ, por cuanto conforme a lo establecido en el artículo 141° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, en concordancia con el numeral 8.3 del artículo 8° del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reuso de Aguas Residuales Tratadas aprobado por Resolución Jefatural N° 224-2013-ANA, no se requiere contar con autorización.