ACREDITAR la disponibilidad hídrica de agua superficial con fin poblacional del manantial Puquial Puquio 3 con fines poblacionales, para desarrollar el proyecto denominado “Ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable e instalación del servicio de saneamiento básico de la localidad de San Antonio de Malauchaca, distrito de Ticlacayan - Pasco - Pasco”.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica de agua superficial con fin poblacional, del manantial “Hilarragra” para desarrollar el proyecto denominado, “Instalación del servicio de agua potable y alcantarillado en los centros poblados de Punto Unión y Rosapampa del distrito de Jacas Chico-Yarowilca -Huánuco".
ACREDITAR la disponibilidad hídrica de agua superficial con fin poblacional, de la quebrada Parada y los manantiales, Quishu, Panyacu, Inti y Alpachaca, para desarrollar el proyecto denominado “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y UBS en las localidades de Parada, Quishuar y San Miguel, distrito de Chaglla – Pachitea - Huánuco”.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica de agua superficial con fin poblacional, del manantial “Huancacucho” para desarrollar el proyecto denominado, “Instalación del servicio de agua potable y alcantarillado en los centros poblados de Punto Unión y Rosapampa del distrito de Jacas Chico-Yarowilca -Huánuco”.
AUTORIZAR al Proyecto Especial Alto Mayo, la Ejecución de Obra en Fuentes Naturales de Agua, para desarrollar el proyecto denominado “Mejoramiento del camino de herradura, Nuevo Tabalosos - Río Tónchima en el Caserío Nuevo Tabalosos, distrito de Yorongos, provincia de Rioja - San Martín”.
AUTORIZAR a la empresa Palmas del Shanusi S.A, la Ejecución de Obra en Fuentes Naturales de Agua, para desarrollar el proyecto denominado, “Acondicionamiento del Dren Colector de Parcelas G4 (A-B-C) y F4, distrito de (B-C) a la quebrada Yanacyacu”.
SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Awajún, con una multa de dos coma uno (2,1) unidades impositivas tributarias (UIT), por haber incurrido en la infracción tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos.
Sancionar a la Municipalidad Distrital de Jepelacio, identificada con R.U.C. Nº 20208294947, con una Multa de dos coma uno (2,1) Unidades Impositivas Tributarias, por la infracción grave en materia de recursos hídricos.