RECTIFICAR, el error material incurrido en la parte considerativa de la Resolución Administrativa N° 0431-2025-ANA-AAA.H-ALA.ALTO HUALLAGA en los siguientes términos:
Dice:
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria del “Comité de Usuarios de Agua del Canal de Riego Timpoj Yacu-Buenos, a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI a mérito de lo cual queda denominada como: “Comité de Usuarios de Agua del Canal de Riego Timpoj Yacu-Buenos.
Debe decir;
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria del “Comité de Usuarios de Agua del Canal de Riego Timpoj Yacu-Buenos Aires-San Pablo de Pillao, a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI a mérito de lo cual queda denominada como: “Comité de Usuarios de Agua del Canal de Riego Timpoj Yacu-Buenos Aires-San Pablo de Pillao”