Declarar improcedente el pedido de nulidad formulado por la empresa GCZ Ingenieros S.A.C., contra la Resolución Administrativa Nº 404-2008-GR-LAMB/DRA-ATDRCH-L.
Declarar infundado el recurso de apelación presentado por Corporación Aceros Arequipa S.A., contra el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 133-2009-ANA/ALA-RS.
De la Dirección de Administración de Recursos Hídricos
R.J. Nº 971-2009-ANA
Resumen
Prorrogar el plazo en cuarentaicinco días naturales a partir de notificada la presente resolución, el plazo dispuesto mediante el artículo 4º de la Resolución Jefatural Nº 0604-2009-ANA para presentar el Informe Final por la Comisión encargada de elaborar el Informe Final del Procedimiento de Transferencia de los Recursos Financieros, Bienes Muebles, Inmuebles y Acervo Documentario de las ex-Autoridades Autónomas de Cuenca Hidrográfica a las Administraciones Locales de Agua.
Rectificar el tenor de la Resolución Jefatural Nº 0592-2009-ANA, en el sentido que toda referencia realizada a Doris Victoria Macedo De La Cruz, en sus considerandos, sea entendida como Doris Victoria Mendoza De la Cruz.
Autorizar al Sub Director de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, para que proceda a suscribir la renovación de los CAS del personal de la entidad.
Modificar en el Plan Anual de Contrataciones de la Autoridad Nacional del Agua - ANA aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 069-2009-ANA modificada por Resoluciones Jefaturales Nº 163, 289, 367, 427, 498, 547, 725, 826 y 881 -229-ANA a efecto de excluir los procesos de selección detallados en el Anexo 1, adjunto y que forma parte de la presente resolución.
Declarar improcedente, por extemporáneo, el recursos de apelación interpuesto por la Empresa Agrícola CHAPI S.A.C. contra la Resolución Administrativa Nº 238-2009-ANA-ALA.ICA.
De la Dirección de Administración de Recursos Hídricos
R.D. Nº 136-2009-ANA-DARH
Resumen
Declarar improcedente, por extemporáneo, el recurso de apelación iterpuesto por la Empresa Agrícola CHAPI S.A.C., contra la Resolución Administrativa Nº 265-2009-ANA-ALA.ICA, dándose por agotada la vía administrativa.