R.J. Nº 038-2013-ANA
Resumen
Delegar, a partir de la fecha, en el Secretario General, la facultad de aprobar los Expedientes Técnicos en el caso de Obras, en el marco del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y la normativa vigente, y que no estén sujetos al ámbito del Sistema Nacional de Inversián Pública.