IMPONER sanción a la EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO QUILLABAMBA SRL.-EPS EMAQ, una multa de TRES COMA CINCUENTA (3,50) UIT Unidades Impositivas Tributarias, por haber efectuado vertimientos de aguas residuales sin , autorización de la Autoridad Nacional del Agua, en los cuerpos de agua denominados ríos Vilcanota y Chuyapi, ubicados en el distrito de Santa Ana, provincia de La Convención y región de Cusco, debidamente tipificada en el artículo 120º numeral 9 de la Ley 29338 Ley de Recursos Hídricos, concordado con el artículo 277° literal "d" del Decreto Supremo Nº 001-2010-AG Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, la misma que debe de ser cancelada por el infractor en el plazo de quince dias, contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local Agua La Convención, dentro del tercer dia de efectuado el mismo