Declarar Improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua, formulado por don Elar Enrique Córdova Gutiérrez, con fines agrarios, por los considerados glosados en la presente resolución.
SANCIONAR a doña Rosa Amelía Tapia Rocca, con una multa equivalente a (0.5) UIT Unidades Impositivas Tributarias, por infringir el artículo 120° numeral1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277 de su Reglamento.
Declarar Improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua, formulado por Walter Reynaldo Rufino Manchego Becerra y Jesús Victoria Álvarez Virrueta, con fines agrarios, por los considerados glosados en la presente resolución.
SANCIONAR a doña Feliciana Huamán de Rojas, con una multa equivalente (1.45) UIT Unidades Impositivas Tributarias, por infringir el artículo 120° numeral1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277 de su Reglamento.
Declarar la extinción de la Licencia de Uso de Agua por cambio de titular otorgada a doña Loreta Abigail Núñez Oviedo para los predios signados con C.C. N° 08738 con 1.41 has., bajo riego y C.C N° 08702 con 4.51 has., bajo riego, mediante la Resolución Administrativa N° 012-2005-GRA/PR-DRAG-ATDR-CM; dejándola subsistente en lo demás que contiene.
SANCIONAR a l,os hermanos María Jenny Liliana Jordán Weiss, Ana María De Lourdes Jordán Weiss, Hugo Luis Gaspar Jordán Weiss y Javier Rodolfo Jordán Weiss, con una multa equivalente (2.0) UIT Unidades Impositivas Tributarias, por infringir el artículo 120° numeral1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277 de su Reglamento.
Otorgar el derecho de Permiso de Uso de agua superficial, para epocas de superavit hidrico, proveniente del rio zaña, para el uso productivo agricola, en riego de cultivo de corto periodo vegetativo a favor de don Jose Manuel Cubas Malca propietario del predio "Tira Larga" sin UC. de area bajo riego 2.33 Has.
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de don CECILIO QUISPE BAUTISTA sobre extinción y otorgamiento de Licencia de uso de Agua, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR a don Daniel Antonio Caballero, con una multa equivalente (0.88413) UIT Unidades Impositivas Tributarias, por infringir el artículo 120° numeral1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277 de su Reglamento.
Declara IMPROCEDENTE el pedido de rectificación respecto al área bajo riego de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.