DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de Rectificación de la Resolución Dírectoral Nº102-ANA/AAA Xll.UV presentada por Higidio Charca Lizarazo a nombre del Comité de Usuarios de Agua parte Alta Pumaorcco, Machacmarca - Tinta, de la comunidad campesina de Machacmarca, del distrito de Tinta, provincia de Canchis; por no encontrarse incurso en el presupuesto legal establecido en el Art. 201 º de la Ley Nº27444, al no tratarse de la rectificación de algún error material o aritmético, en que la Autoridad Administrativa del Agua XII Urubamba Vilcanota hubiese incurrido, y porque la solicitud de Incremento de Volumen de Agua, constituye nueva petición, que varía sustancialmente el contenido técnico de la Resolución Directora! Nº102-2015-ANA/AAA Xll.UV, y conforme la naturaleza de su pretensión, correspondería iniciar un nuevo trámite que observe la normativa vigente y el cumplimiento de requisitos