R.D. N° 302-2016-ANA-AAA.CHCH
Resumen
IMPONER a la CIA MINERA JERUSALÉN S.A.C. una multa equivalente·a DOS COMA CINCO (2.5) UIT, monto que deberá ser depositado en la Cuenta Corriente N° 0000-877174 del Banco de La Nación, a nombre de la Autoridad Nacional del Agua ANA, en un plazo de diez (10) días de consentida la presente, debiendo la infractora hacer llegar el recibo de depósito ante esta Dependencia, sanción que se le impone por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso y ejecutar obras hidráulicas (perforación de pozo), sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, por las consideraciones expuestas en la presente resolución; bajo apercibimiento de remitirse los actuados ante el Ejecutor Coactivo de la Autoridad Nacional del Agua por incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución