Sancionar a la Municipalidad Distrilal de Vicco con una multa equivalente a Dos coma Cinco (2,5) Unidades Impositivas Tributarias (UITs), al haberse calificado la comisión de la infracción como Grave, tipificada en el numeral 9) del Artículo 120° de la ley N° 29338, concordante con el literal d) del Artículo 277° del Reglamento de la ley, aprobado por D.S. N° 001-2010-AG, consistente en efectuar vertimiento de aguas residuales hacia las aguas del manantial Agopuquio, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, vertimiento que se ubica en las coordenadas UTM (WGS): 8 799 268N y 365 879 E, en el distrito de Chauplpampa, distrito de Vicco, provincia y departamento de Pasco, en rnérlto a los fundamentos esgrimidos en la parte considerativa de la presente resolución.