Sancionar a la empresa palmas del Shanusi s.a., identificada con R.U.C. Nº 20450125904, con una Multa de uno punto cinco (1.5) de la Unidad Impositiva Tributaria, por la infracción leve en materia de recursos hídricos, tipificada en el “literal a. del artículo 277º del Decreto Supremo N° 001-2010-AG”, por venir haciendo uso del agua subterránea proveniente de los Pozos Artesanales N° 10, 11 y 12 sin el correspondiente derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, en las Unidades Operativas denominadas “Campamentos 07, 08 y 09”, ubicadas en el Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas, Departamento de Loreto, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.