ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR la extinción de la Licencia de uso de agua subterrfmea con fines Industriales, otorgada mediante Resolución Suprema N° 0141-76-AG-DGA, de fecha 10 de Junio de 1976, registrada a nombre de la empresa CEMENTOS LIMA SA.
ARTÍCULO SEGUNDO: OTORGAR Licencia de uso de agua subterranea de un pozo Tubular, para fines de uso Industrial (no para consumo humano directo). identificado como Pozo Tubular N° 2, ubicado en el sector Las Palmas, distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima, Cuenca del Rio Lurin, y entre las Coordenadas UTM (Proyecci6n WGS 84) siguientes: Norte 8 647178 m. y Este 293 852 m., a favor de la empresa UNACEM S.A.A. EI pozo tubular se autoriza bajo las siguientes condiciones: