Declarar improcedente la solicitud de "Acreditación de Disponibilidad Hídrica" presentada por la Municipalidad Distrital de Nicolás de Piérola por las consideraciones contenidas en la presente resolución.
Absolver a doña Catalina Canaza Arias la sindicación de la comisión de las inffracciones previstas en el inciso f) "...Ocupar sin autorización el cauce del río Camaná", del Artículo 277° del Reglamento de la Ley N° 29338, permanentes o transitorias en las fuentes naturales de agua, disponiendo en consecuencia el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador.
Declarar improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua con fines agrarios formulado por don Ernesto Morales Ccama, según los considerados glosados en la presente resolución.
Disponer la inscripción de la empresa GEOTEC S.A., en el Registro de Empresas que Realizan Obras de Exploración, Explotacion, de Aguas Subterráneas, por un periodo de cuatro (04) años renovables.
Disponer la inscripción de la empresa CONSTRUCTORES Y PROYECTOS S.A.C., en el Registro de Empresas que Realizan Obras de Exploración, Explotación, de Aguas Subterráneas por un período de cuatro (04) años renovables.
Declarar improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua con fines agrarios formulado por doña Adelaida Peralta Mamani, según los considerados incluidos en la presente resolución.
Disponer la inscripción de la emrpsa HMQ DRILLING Y CONSTRUCCION S.A.C., en el Registro de Empresas que Realizan Obras de Exploración, Explotación, de Aguas Subterráneas, por un periodo de cuatro (04) años renovables.
Declarar improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua con fines agrarios formulado por don Julio José Catunta Contreras, según Informe Legal N° 019-2016-ANA-AAA.CO-UAJ/MAOT.
Disponer la inscripción de la empresa GOOD EARTH DRILLING INTERNATIONAL S.A.C., en el Registro de Empresas que Realizan Obras de Exploración, Explotación, de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables.
Declarar improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua con fines agrarios formulado por don Julio José Catunta Contreras, según Informe Legal N° 018-2016-ANA-AAA.CO-UAJ/MAOT.