Aceptar a partir del 31 de agosto del 2016, la renuncia presentada por el señor Máximo Hatta Sakoda, a las funciones de Asesor de la Alta Dirección de la Autoridad Nacional del Agua; dándosele las gracias por los servicios prestados.
Aceptar a partir del 31 de agosto del 2016, la renuncia presentada por el señor Mirco Henrry Miranda Sotil, a las funciones de Asesor de la Alta Dirección de la Autoridad Nacional del Agua; dándosele las gracias por los servicios prestados.
Otorgar el derecho de permiso de uso de agua superficia, para épocas de superávit hidrico, proveniente del rio Zaña, para el uso productivo agrícola, en riego de cultivo de corto periodo vegetativo a favor de don Juan Vasquez Silva posesionario del predio "San Juan" sin UC. de área total 0.1739 ha. y bajo riego 0.15 ha.
Disponer la inclusión del predio denominado "Cruz de Mayo" sin UC. de área 3.6626 ha. perteneciente a Nicolás Carrasco Gonzales, en el Bloque de Riego "Chumbenique" con código PZAÑ-10-B15.
Otorgar el derecho de permiso de uso de agua superficial, para épocas de superávit hídrico proveniente del rio Zaña, para el uso productivo agrícola, en riego de cultivo de corto periodo vegetativo a favor de don Pasion Justiano Camacho Rodriguez en el predio "Jorge Chávez" con UC. 19637 de área total 3.42 ha. y bajo riego de permiso 1.2161 ha.
Declarar de oficio, el abandono del procedimiento administrativo organizado por Emir Neutalver Soto Ramírez sobre otorgar derecho de permiso de uso de agua superficial, para épocas de superávit hídrico, proveniente del rio zaña, para el uso productivo agricola del predio Pampas de Leque Leque de 136.12 ha.
Declarar de oficio, el abandono del procedimiento administrativo organizado por Luis Alberto Soto Zuloeta, sobre otorgar derecho de permiso de uso de agua superficial, para épocas, de superavit hídrico, proveniente del rio zaña, para el uso productivo agrícola.
Declarar de oficio, el abandono del procedimiento administrativo organizado por Emir Neutalver Soto Ramirez y otros, sobre otorgar derecho de permiso de uso de agua superficial, para épocas de superávit hídrico, proveniente del rio Nancho, para uso productivo agricola.
Modificar la Resolución Administrativa N°005-2010-P/MA/ALA ZAÑA y Resolución Administrativa N° 006-2010-P/MA/ALA ZAÑA en todos sus articulos por los articulos siguientes.