Autorizaren vía de regularización al Gobierno Regional Piura, la ejecución de las actividades: "Descotmatación del Dren Socarrón" y "Descolmatación de los drenes Siancas, Ratón Muerto 11
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR el ABANDONO de la solicitud presentada por el Sr Roberto Perez Zambrano, Presidente del Comite de Regantes Buenos Aires Alto, Ventana 06 Huarancay y la Sra Charito Cisneros Riquez, Secretaria de la Asociación de la Comisión de Regantes Sector Cumbe, sobre disponibilidad del agua para viabilizar el tramite de su expediente tecnico y mejorar la condición del agua hacia las parcelas de sus usuarios.
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR el ABANDONO de la solicitud presentada por el Sr Victor Felix Yanacc, identificado con DNI Nº 06740078, sobre cambio de titular en la licencia para el predio con registro Nº 2180, ubicado en el ambito de la Comisión de Regantes Carapongo, Distrito de Lurigancho- Chosica, Provincia y Departamento de Lima
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR el ABANDONO de la solicitud presentada por la Cooperativa de Vivienda Villa Los Ingenieros Ltda., identificada con RUC Nº 20126846739, representada por el Sr Alfredo Victor Morales Angeles, identificado con DNI Nº 25799647, sobre ampliación de area bajo riego, para el predio con registro Nº 2082, ubicado en el ambito de la Comisión de Regantes Carapongo, Distrito de Lurigancho-Chosica, Provincia y Departamento de Lima
DECLARAR, a la Comisión de Usuarios del Slub Sector Hidráulico Saposoa, conformada por los usuarios que utilizan las aguas del río Saposoa comprendida en el Sub Sector Hidráulico Saposoa del Sector Hidráulico Menor Huallaga Central - Clase B, adecuada a la Ley N°30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.
RECONOCER al "Comité de Usuarios de Agua San Miguel de Mashuan, conformado por los usuarios que utilizan las aguas del río Jauna, comprendido en el Subsector Hidráulico Jauna Río Negro del Sector Hidráulico Menor Medio Alto Santa - Clase A, adecuado a la Ley N°30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.
DECLARAR, al Comité de Usuarios de Agua de los Sectores Tauribamba Guechgas y Pumacucho, conformado por los usuarios que utilizan las aguas de la Quebrada Jancapampa y las conducen a través del canal de dereivación Chuyas - Huaycho, adecuado a la Ley N°30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, en cuyo ámbito aún no se ha culminado con la delimitación del sector y subsectores hidráulicos.
DECLARAR, al Comité de Usuarios Canal San José, conformado por los usuarios que utilizan las aguas de la Quebrada Tataque comprendido en el Sub Sector Hidráulico Huarango Zapotal del Sector Hidráulico Menor Chinchipe - Clase B, adecuado a la Ley N°30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.
DECLARAR, a la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Shuncuy Ruricicha, conformada por los usuarios que utilizan las aguas de la Quebradsa Shuncuy y Laguna Ruricocha, adecuada a la Ley N°30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, en cuyo ámbito aún no se ha culminado con la delimitación del sector y subsectores hidráulicos.
DECLARAR al Comité de Usuarios Huayllabamba Alta, conformado por los usuarios que utilizan las aguas del reservorio Chilipata, adecuado a la Ley N°30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, en cuyo ámbito aún no se ha culminado con la delimitación del sector y subsectores hidráulicos.