Sancionar a Edgar José Madrid Risco, identificado con DNI Nº 05645302, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Otorgar, Autorización de Ejecución de Estudios de disponibilidad hídrica superficial con fines poblacionales para el proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado e Implementación de PTAR en la Localidad de Nicasio, Distrito de Nicasio - Lampa - Puno”, a favor de la Municipalidad Distrital de Nicasio.
Sancionar a Víctor Manuel Llocya Piñin, identificado con DNI N° 43870190, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del erticulo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte consideratíva de la presente resolución.
Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial para uso poblacional del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Saneamiento Básico en los Ocho Sectores del Centro Poblado de Umuchi – Distrito de Moho - Moho - Puno”, presentado por el Señor Fredy Pariapaza Quispe, Alcalde de la Municipalidad Valle Sagrado del Altiplano Umuchi – Moho.
Sancionar a Segundo Manuel Pulache García, identificado con DNI N° 02855727, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Se otorga permiso de uso de agua superficial para época de superávit hidrico, con fines agricolas a Jose Horacio Durand Torres, provenientes del río Chicama captados en la Bocatoma Paiján, ubicada geograficamente segum Datum WGS 84 Proyección UTM zONA 17S en las coordenadas E 710893- N91444718, en el bloque PCHC-1301-B12 " Chumpón Grados-La Huaca" ambito de la Comisión de Usuarios Paiján, de la Junta de Usuarios de Agua Valle Chicama.
Otorgar, Autorización de Ejecución de Estudios de Disponibilidad Hídrica superficial para con fines poblacionales para el proyecto “Mejoramiento del Servicio de Agua Potable y Disposición de Excretas en la Comunidad Campesina de Capullani, Distrito de Puno, Provincia Puno - Puno”, a favor de la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento (JASS) de la Comunidad Campesina de Capullani.
Sancionar a Témpora Córdova Huaihua, identificado con DNI N° 02765700, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
DECLARAR, a la Comision de Usuarios del Subsector Hidráulico Lateral 3, conformado por los usuarios que utilizan las aguas del Canal Principal Bella Unión, comprendida en el Subsector Hidráulico Lateral 3 del Sector Hidráulico Menor Bella Unión - Clase C, adecuada a la Ley N° 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.