Sancionar a Miguel Chinchay Garces, identificado con DNI Nº 03617205, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
Acreditar la disponibilidad hídrica de las lagunas La Escalerilla I y La Escalerilla 2 para el proyecto “Mejoramiento, Ampliación del Sistema de agua potable e instalación del servicio de saneamiento de los
caseríos de Cruzpampa, Colpa Seca y Quillupampa, distrito de Angasmarca, provincia de Santiago de Chuco-La Libertad”, de acuerdo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución..
Aprobar los Certificados Nominativos de los integrantes del bloque de riego Mora V perteneciente a la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Canal Chimbote.
Sancionar a Rodrigo Mogollon Vega, identificado con DNI N° 03485800, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
Sancionar a Dionicio Aereopagita López Roque, identificado con DNI Nº 03484911, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal
DECLARAR, a la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Toledo, conformado por los usuarios que utilizan las aguas del río Lurín, para luego ser distribuidos a los usuarios de agua del Subsector Hidráulico Toledo comprendido en el Sector Hidráulico Menor Lurin - Clase B, adecuada a la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, Ley N° 30157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR, LA EXTINCIÓN DE LA LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS OTORGADA EN LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 035-2005-DR-AG-ANCASH/ATDRNCH, EN LO QUE RESPECTA AL DERECHO DE USO DE AGUA OTORGADO A FAVOR DE BORJA JUSTINO ALEJANDRO MATEO, RESPECTO DEL PREDIO CON UNIDAD CATASTRAL Nº 03788, DEJÁNDOLA SUBSISTENTE EN LO DEMÁS QUE CONTIENE.
Sancionar, a Julio Cruz Ruiz, identificado con DNI Nº 03482011, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
DECLARAR, a la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Margen Izquierda, conformado por los usuarios que utilizan las aguas del río Tumbes comprendido en el Sub Sector Hidráulico Margen Izquierda, el cual forma parte del Sector Hidráulico Menor Tumbes - Clase B, adecuada a la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, Ley N° 30157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.
Autorizar la Ejecución del Estudio de Disponibilidad Hídrica de Agua para Uso Poblacional de los
manantiales Homoruri y Chacuayacunan para el proyecto: “Mejoramiento de Agua Potable Shecta-
Independencia-Huaraz-Ancash